PIRTZL SALDIVAR HUGO ANDRES/JUZGADO DE FAMILIA DE COLINA.-
Rol
Fecha
30 de enero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que recurre de amparo Hugo Andrés Pirtzl Saldívar contra de la resolución de fecha 12 de diciembre de 2018, dictada por la Sra. Jueza del Juzgado de Familia de Colina, doña Soledad Vielva Iriondo, mediante la cual se rechaza su solicitud de alzamiento de orden de arraigo nacional N° 653/09, de fecha 4 de mayo de 2009, amenazando su libertad ambulatoria Expone que ha mantenido dos causas de alimentos en el Tribunal de Colina respecto de su hija y ambas se encuentran terminadas, la primera de ellas por conciliación y la segunda, por transacción. Señala, que en su oportunidad, se generó deuda de alimentos por la suma de $71.200, por la cual la alimentaria, en el año 2009, solicitó arresto nocturno y arraigo nacional, teniendo como base una liquidación firme de 23 de abril de 2009. Sin embargo, explica, la deuda fue pagada mediante dos depósitos: uno, por $60.000 y luego otro, por $30.000, a la cuenta de alimentos de la demandante, realizados el 7 de mayo de 2009 y que, en su oportunidad, exhibió las papeletas de pago a la Policía de Investigaciones, quien redactó un informe detallado de lo expuesto en el informe policial N°1259, el cual fue incorporado al sistema de Familia. Solicita se ordene por esta Corte el alzamiento del arraigo nacional. SEGUNDO: Que informa Sebastián Videla Cabello, juez interino de Juzgado de Familia de Colina quien expone, que es efectivo lo indicado en el recurso respecto de la existencia de dos causas de alimentos, terminadas por conciliación y transacción. Sin embargo, en su oportunidad, efectivamente se solicitó orden de arresto y arraigo y consultados los antecedentes de la causa, no aparece que la deuda de $71.200 esté pagada o condonada, ya nunca se acompañó algún documento en ese sentido, por lo tanto los apremios se ajustan a derecho. TERCERO: Que, el recurso de amparo, contemplado en nuestra Constitución Política, se creó con el propósito de cautelar debidamente la libertad personal y la segur
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C.A. de Santiago Santiago, treinta de enero de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que recurre de amparo Hugo Andrés Pirtzl Saldívar contra de la resolución de fecha 12 de diciembre de 2018, dictada por la Sra. Jueza del Juzgado de Familia de Colina, doña Soledad Vielva Iriondo, mediante la cual se rechaza su solicitud de alzamiento de orden de arraigo nacional N° 653/09, de fech
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