1º JUZGADO DE LETRAS DE MELIPILLA

ABARCA/MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO

Rol

Fecha

30 de enero de 2020

Materia

RECARGOS

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: 1° Que en la presente causa dedujo recurso de nulidad doña Adelaida Mendoza Serrano, en representación de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Letras de Melipilla, en virtud de la cual se acogió la demanda de Nulidad del despido, Despido improcedente y cobro de prestaciones impetrada por María Abarca Acevedo en contra de la Municipalidad de San Pedro. 2° Que en el referido recurso se invoca la causal prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo, por estimarse que la sentencia fue dictada con infracción de ley que influyo sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en la forma que se explica en el respectivo libelo de impugnación. A continuación, en el mismo escrito se solicita en su parte petitoria que se anule la sentencia e “indicar el estado en que queda el proceso, a saber el de dictar sentencia definitiva, ordenando su remisión al tribunal a quo correspondiente a fin de que dicte la sentencia correspondiente que rechaza en todas sus partes la demanda interpuesta, con costas” 3° Que el artículo 480 del Código del Trabajo dispone que el tribunal ad quem revisará en cuenta la admisibilidad del recurso de nulidad, además de las exigencias contempladas en el inciso primero del artículo 479 del mismo texto legal, cuestión que no se cumple en la especie, por cuanto en dicho libelo no se ha formulado una petición concreta y concordante con aquel, en tanto pide que se invalide la sentencia definitiva y “se indique el estado en que queda el proceso, a saber, el de dictar sentencia definitiva, ordenando su remisión al tribunal a quo correspondiente, a fin de que dicte la sentencia correspondiente que rechace en todas sus partes la demanda interpuesta”, solicitud que no procede de conformidad a la causal del artículo 477 del Código del Trabajo. Por estas consideraciones y lo previsto en las disposiciones legales precitadas, se declara inadmisible el libelo deducido por doña Adelaida Mendoza Serrano, en representación de

Fallo

Por estas consideraciones y lo previsto en las disposiciones legales precitadas, se declara inadmisible el libelo deducido por doña Adelaida Mendoza Serrano, en representación de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada el ocho de enero del año en curso por el Juzgado de Letras de Melipilla. Regístrese y devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. N°Laboral - Cobranza-50-2020.

Texto Completo (Preview)

CH (PAB) Santiago, treinta de enero de dos mil veinte. Vistos: 1° Que en la presente causa dedujo recurso de nulidad doña Adelaida Mendoza Serrano, en representación de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Letras de Melipilla, en virtud de la cual se acogió la demanda de Nulidad del despido, Despido improcedente y cobro de prestaciones impetrada por María Abarca

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica