GONZALEZ LEMUNAO DORIS DAYANNA/ INTENDENTE REGIONAL METROPOLITANO - REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN.-
Rol
Fecha
30 de enero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, con fecha 22 de enero de 2020, comparece doña Doris Dayanna González Lemunao, trabajadora social, cédula nacional de identidad N° 15.430.017-1, domiciliada en Pasaje N° 39, casa N° 4450, de la comuna de Estación Central, deduciendo acción de amparo en contra del Gobierno Regional Metropolitano. Indica que es vocera del Movimiento Pobladores Ukamau, organización que se dedica principalmente a entregar soluciones habitacionales a sus socios, así como también en la generación y propuesta de políticas de vivienda y en el contexto del llamado “estallido social” iniciado el 18 de octubre del 2019, ha tenido una especial visibilidad como dirigente. Agrega que, desde el inicio del estallido social, comenzó a recibir ataques y comentarios a través de redes sociales los cuales, si bien inicialmente fueron aislados, paulatinamente fueron aumentando su regularidad y agresividad, hasta llegar a amenazas de lesiones y muerte, a su familia y miembros de su organización. Relata que el 6 de enero de 2019 dos sujetos en un vehículo, la abordaron a la salida del metro Estación Central, y sin bajarse del automóvil, comenzaron a gritarle improperios y en otra ocasión, el 15 de enero de 2020, durante la tarde fue asechada y acosada durante un par de horas por un vehículo marca Nissan, modelo Versa Sense, con vidrios polarizados, placa patente HH-CG-47, en circunstancias que este auto se estacionó durante horas afuera de su domicilio, ubicado en la población Alessandri en la comuna de Estación Central y una vez que se llamó a carabineros, momento en el cual se dieron a la fuga, agregando que este vehículo figura a nombre del Gobierno Regional Metropolitano. Cita el artículo 21 de nuestra Carta Fundamental sosteniendo que, ha sido víctima de intromisión mientras ejercía su derecho a la libertad personal y seguridad individual. Solicita se acoja el recurso de amparo y se declare la ilegalidad y arbitrariedad del uso injustificado e indiscriminad
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 21 del Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido por doña Doris Dayanna González Lemunao. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-177-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de enero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, con fecha 22 de enero de 2020, comparece doña Doris Dayanna González Lemunao, trabajadora social, cédula nacional de identidad N° 15.430.017-1, domiciliada en Pasaje N° 39, casa N° 4450, de la comuna de Estación Central, deduciendo acción de amparo en contra del Gobierno Regional Metropolitano
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