OSSES/COMISION LC
Rol
Fecha
30 de enero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el 29 de enero de 2020, comparece don Max Troncoso Moreno, defensor penal público penitenciario, en favor de Roberto Andrés Osses Flores, C.I. N°17.682.794-7, actualmente privado de libertad en calidad de condenado, en el CCP de Talca, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deduce acción constitucional de amparo correctivo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, integrada por la Ministra de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca, doña Olga Morales Medina, los Magistrados doña Constanza Sutter Lagarejos, don Humberto Paiva Passero, don Ricardo Riquelme Carpenter y don Marcial Taborga Callao; por acto ilegal y arbitrario, ejecutado mediante resolución fecha 14 de octubre de 2019 que, rechazó otorgar la Libertad Condicional al amparado. Refiere que el amparado, habiendo reunido los requisitos previstos en el DL. 321, fue postulado a la libertad condicional del segundo semestre del año en curso, siendo rechazado por la Comisión, por “no cumplir con lo dispuesto en el artículo 2º número 3 de la Ley Nº21.124, conforme a lo informado por Gendarmería de Chile”. En concreto, la Comisión fundó su decisión en el informe psico-social elaborado por Gendarmería de Chile que para el caso no recomendaba la libertad condicional. Agrega que el N°3 del artículo 2 del DL N°321, solo establece como exigencia que se debe contar con un informe de postulación sicosocial elaborado por Gendarmería, que permita orientar sobre sus factores de reincidencia, pero en ningún caso el legislador ha preestablecido como requisito la condición de “favorable” o “recomendable” del instrumento. Además, indica que el amparado se encuentra participando en el programa de reinserción social, cuenta además con un plan de intervención desde el 14 de agosto del año 2018. En el ámbito educacional; cuenta con enseñanza media completa; en el plano familiar cuenta con el apoyo de ambos padres, quienes por
Fundamentos
fundamentos en virtud de los cuales deniega tal libertad al amparado, lo que se halla dentro de la esfera de su competencia. Que el artículo 5 del Decreto Ley 321, modificado por la Ley 21.124, dispone que es facultad de la Comisión de Libertad Condicional conceder, rechazar o revocar, en su caso, el beneficio, mediante resolución fundada, para cuyo efecto la Comisión deberá constatar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2°, y de los artículos 3°, 3° bis y 3° ter, según sea el caso, teniendo a la vista los antecedentes emanados de Gendarmería de Chile, y todos los demás que la Comisión considere necesarios para mejor resolver, circunstancias todas que se han verificado en la especie. SEXTO: Que en consecuencia, la referida decisión de la Comisión recurrida se encuentra ajustada a derecho y dictada dentro de la esfera de la competencia y en concordancia con los antecedentes que tuvo a la vista, de manera que no ha afectado el derecho a la libertad individual ni de la seguridad personal del amparado, previsto en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, razón por la cual la presente acción constitucional será desestimada.
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se declara: que SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por don Max Troncoso Moreno, en favor de Roberto Andrés Osses Flores, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por lo resuelto el día 14 de octubre de 2019. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Biel, quien estuvo por acoger la presente acción constitucional, solo en el sentido de ordenar a la Comisión de Libertad Condicional, que exprese los fundamentos que motivaron el rechazo del beneficio aludido. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol N°18-2020/Amparo
Texto Completo (Preview)
Talca, treinta de enero de dos mil veinte VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el 29 de enero de 2020, comparece don Max Troncoso Moreno, defensor penal público penitenciario, en favor de Roberto Andrés Osses Flores, C.I. N°17.682.794-7, actualmente privado de libertad en calidad de condenado, en el CCP de Talca, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de l
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica