MP C/ MARIA MONSERRAT RAMIREZ LIRA
Rol
Fecha
30 de enero de 2020
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que con los antecedentes acopiados, hasta ahora, no se encuentran acreditados los supuestos a que se refiere el literal a) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito de tenencia de arma de fuego y, teniendo además presente, que otras medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, son suficientes para asegurar los fines del procedimiento, se revoca la resolución apelada de veintidós de enero de dos mil veinte y en su lugar se declara que se deja sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva de María Monserrat Ramírez Lira. Se da orden de libertad inmediata en favor de la recurrente, si no estuviere privada de ella por otra causa. Comuníquese por la vía más expedita. RIT: O-2121-2018. RUC: 18003773351-1. N° Penal- 213-2020.
Fallo
se declara que se deja sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva de María Monserrat Ramírez Lira. Se da orden de libertad inmediata en favor de la recurrente, si no estuviere privada de ella por otra causa. Comuníquese por la vía más expedita. RIT: O-2121-2018. RUC: 18003773351-1. N° Penal- 213-2020.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, treinta de enero de dos mil veinte, se da inicio a esta audiencia a las 09:32 horas, ante la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo e integrada por la Ministra Suplente Sra. Sandra Cortés Herrera y Abogada Integrante Sra. Sonia Maldonado Calderón, actuando como
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica