SIN INFORMACION

ERNESTO GUSTAVO NUÑEZ PARRA ABOGADO EN FAVOR DE FU CHEN CONTRA 1°JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE PUENTE ALTO

Rol

Fecha

30 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que ha deducido recurso de amparo don Ernesto Núñez Parra, abogado, en favor de don Fu Chen, comerciante, chino, domiciliado en San Carlos N° 0802, comuna de Puente Alto, y en contra de Primer Juzgado de Policía Local de Puente Alto respecto de la resolución que decretó la reclusión nocturna como pena por vía de sustitución por el incumplimiento del pago de una multa impuesta por sentencia ejecutoriada. Explica que en la causa Rol 598.403-5 se decretó apremio de 15 noches de reclusión nocturna en contra de su representado, sin que el mismo haya podido pagar la multa que le fue impuesta en la respectiva sentencia, y que en innumerables oportunidades ha comparecido al tribunal con la finalidad de ver opciones de apelar el fallo o que se reconsidere el pago decretado. Sin perjuicio de lo anterior, argumenta que la orden decretada no ha cumplido con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 18. 287, por cuanto el recurrente "no ha tomado conocimiento específico de los días de la semana, lugar, ni forma de cumplimiento". Además, señala "que Fu Chen no ha cometido crimen ni simple delito penado con sanción que amerite el allanamiento de día o de noche de su casa u otros domicilios, como tampoco medidas intrusivas, seguimientos, ni vigilancias propias de los regímenes autoritarios”, destacando que su defendido no ha quebrantado ninguna condena. Previa cita de los artículos 1° inciso 4, 19 N° 3 y 21 de la Constitución Política de la República y de jurisprudencia que estima atañe al asunto que se revisa por esta Corte, solicita se ordene al Primer Juzgado de Policía Local de Puente Alto que se deje sin efecto el apremio de arresto citado, que la Policía de Investigaciones de Chile elimine la orden de aprehensión pendiente en su contra, y se oficie al Ministerio de Relaciones Exteriores, Registro Civil y toda otra institución que pueda tener injerencia en el tema, el cese de las medidas en contra de la persona por quien recurre. Segundo

Fallo

fallo o que se reconsidere el pago decretado. Sin perjuicio de lo anterior, argumenta que la orden decretada no ha cumplido con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 18. 287, por cuanto el recurrente "no ha tomado conocimiento específico de los días de la semana, lugar, ni forma de cumplimiento". Además, señala "que Fu Chen no ha cometido crimen ni simple delito penado con sanción que amerite el allanamiento de día o de noche de su casa u otros domicilios, como tampoco medidas intrusivas, seguimientos, ni vigilancias propias de los regímenes autoritarios”, destacando que su defendido no ha quebrantado ninguna condena. Previa cita de los artículos 1° inciso 4, 19 N° 3 y 21 de la Constitución Política de la República y de jurisprudencia que estima atañe al asunto que se revisa por esta Corte, solicita se ordene al Primer Juzgado de Policía Local de Puente Alto que se deje sin efecto el apremio de arresto citado, que la Policía de Investigaciones de Chile elimine la orden de aprehensión pendiente en su contra, y se oficie al Ministerio de Relaciones Exteriores, Registro Civil y toda otra institución que pueda tener injerencia en el tema, el cese de las medidas en contra de la persona por quien recurre. Segundo: Que informa al tenor del recurso don José Miguel Nalda Mujica, Juez Titular del Primer Juzgado de Policía Local de Puente Alto, quien señala que en la causa Rol 598.403-5, con fecha 17 de abril de 2019 la Dirección Inspección General de la Municipalidad de Puente Al

Texto Completo (Preview)

En Santiago, a treinta de enero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que ha deducido recurso de amparo don Ernesto Núñez Parra, abogado, en favor de don Fu Chen, comerciante, chino, domiciliado en San Carlos N° 0802, comuna de Puente Alto, y en contra de Primer Juzgado de Policía Local de Puente Alto respecto de la resolución que decretó la reclusión nocturna como pena por vía

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