SIN INFORMACION

MARDONES/ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.

Rol

Fecha

30 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

DE FALLO

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pamela Beatriz Mardones Jofré deduce recurso de protección en contra de la Isapre Cruz Blanca S.A., por el acto que considera arbitrario e ilegal consistente en efectuar un cambio injustificado de su plan de salud y alzar unilateralmente y sin fundamento plausible su precio base, con lo que se está vulnerando las garantías constitucionales de los números 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Funda su recurso expresando que, mediante carta de adecuación, la recurrida le comunicó que debido a un proceso de revisión de los contratos de salud procedería a cambiar unilateralmente su plan de salud, ajustando el original en cuanto a coberturas hospitalarias determinadas, y adecuándolo según las reglas generales, haciéndolo más caro y por ende, perjudicial, ya que las condiciones difieren de las pactadas primitivamente, lo que estima ilegal y arbitrario. Solicita que se acoja el presente recurso de protección y se ordene dejar sin efecto el alza del precio base de su plan de salud, junto con todas sus prestaciones, sin sufrir variación alguna, además de restituir íntegramente las sumas descontadas en caso de aplicarse la adecuación denunciada, todo ello con costas. Segundo: Que informando la Isapre recurrida, solicita el rechazo del recurso por cuanto ella no ha incurrido en un acto ilegal o arbitrario que haya conculcado las garantías constitucionales señaladas por el recurrente, toda vez que la comunicación remitida al recurrente corresponde a una adecuación especial por beneficios, fundada en el término del convenio preferente planes Master existente entre Isapre Cruz Blanca S.A. y el prestador Hospital Clínico Universidad Católica de Chile, término producido por la voluntad de esta última entidad. Agrega que corresponde a una situación excepcional prevista en el artículo 189 N° 5 del D.F.L. N° 1 de Salud de 2005, referido a la forma de regularizar la situación de planes de salud preferentes o cerrado

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago. Santiago, treinta de enero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pamela Beatriz Mardones Jofré deduce recurso de protección en contra de la Isapre Cruz Blanca S.A., por el acto que considera arbitrario e ilegal consistente en efectuar un cambio injustificado de su plan de salud y alzar unilateralmente y sin fundamento plausible su precio base, con lo que se

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