QUERELLANTE-DEMANDANTE:RODOLFO ANDRES CUEVAS OLGUIN.QUERELLADO-DEMANDADO:BANCO DE CHILE.
Rol
Fecha
30 de enero de 2020
Materia
INFRACCIÓN LEY SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que la resolución en alzada es aquella que rechazó el incidente de nulidad de la notificación impetrado por la querellada y demandada, dictada con fecha veintitrés de septiembre de dos mil diecinueve, escrita de fojas 201 a 201 vta. de estos autos y lo previsto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287 que señala “En los asuntos de que conocen en primera instancia los Jueces de Policía Local, procederá el recurso de apelación sólo en contra de las sentencias definitivas o de aquellas resoluciones que hagan imposible la continuación del juicio”, de lo que se colige que la resolución impugnada no reúne ninguna de las calidades previstas por la norma en comento, se declara inadmisible el arbitrio intentado por la referida parte en contra de la resolución ya individualizada. Anótese y devuélvase. N°Policia Local-28-2020.
Fallo
se declara inadmisible el arbitrio intentado por la referida parte en contra de la resolución ya individualizada. Anótese y devuélvase. N°Policia Local-28-2020.
Texto Completo (Preview)
Certifico: Que los Ministros Sr. Gómez, Sr. Arancibia, Sr. Droppelmann, así como la Fiscal Judicial Sra. Latham y los Abogados Integrantes, Sr. Balbontín, Sra. Maldonado y Sr. Oliver, declaran que les afecta la causal de recusación contemplada en el artículo 196 N° 5 del Código Orgánico de Tribunales respecto al Banco de Chile, Edwards y Citibank. Valparaíso, treinta de enero de dos mil veinte. N
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