DENUNCIADOS:SUCURSAL CREDICHILE RENGO BANCO DE CHILE DENUNCIANTE: INTENDENCIA REGIONAL
Rol
Fecha
3 de febrero de 2020
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
DESIERTO
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito del certificado de fojas 55 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 inciso 3° de la ley 18.287 Sobre Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, se declara DESIERTO el recurso de apelación interpuesto de fojas 33 y siguientes, por el abogado don Andres Pizarro Ortega, por el denunciado, en contra de la sentencia definitiva de fecha catorce de septiembre de dos mil dieciocho, escrita de fojas 27 y siguientes de estos autos. Acordado lo anterior, con el voto en contra del abogado integrante Sr. Mario Barrientos Ossa, quien estuvo por continuar con la tramitación a la causa y no declarar la deserción del recurso, por estimar aplicable en la especie las normas de la Ley 20.886 sobre Tramitación Electrónica, que el numeral 21 de su artículo 12, eliminó del artículo 201 del Código de Procedimiento Civil la carga de comparecer en segunda instancia. Devuélvase. Rol Corte Policia Local-173-2019.
Fallo
se declara DESIERTO el recurso de apelación interpuesto de fojas 33 y siguientes, por el abogado don Andres Pizarro Ortega, por el denunciado, en contra de la sentencia definitiva de fecha catorce de septiembre de dos mil dieciocho, escrita de fojas 27 y siguientes de estos autos. Acordado lo anterior, con el voto en contra del abogado integrante Sr. Mario Barrientos Ossa, quien estuvo por continuar con la tramitación a la causa y no declarar la deserción del recurso, por estimar aplicable en la especie las normas de la Ley 20.886 sobre Tramitación Electrónica, que el numeral 21 de su artículo 12, eliminó del artículo 201 del Código de Procedimiento Civil la carga de comparecer en segunda instancia. Devuélvase. Rol Corte Policia Local-173-2019.
Texto Completo (Preview)
Rancagua, tres de febrero de dos mil veinte. VISTOS: Atendido el mérito del certificado de fojas 55 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 inciso 3° de la ley 18.287 Sobre Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, se declara DESIERTO el recurso de apelación interpuesto de fojas 33 y siguientes, por el abogado don Andres Pizarro Ortega, por el denunciado, en contra de la sente
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica