1º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

COMERCIALIZADORA SARGON S.A. CON PATRICIA LORENA ZAMORANO MONTENEGRO

Rol

Fecha

28 de enero de 2020

Materia

ARRENDADOR,RESTITUCIÓN POR EXTINCIÓN DERECHO

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo especialmente presente:         1º) Que no es discutido en la especie que el contrato de arrendamiento que sirve de base a la pretensión del actor fue celebrado al amparo de lo normado en la ley 19.281, cuyo término se declaró por sentencia arbitral de 29 de agosto de 2014, que se encuentra firme;         2º) Por consiguiente, la nueva demanda declarativa de terminación de arrendamiento enderezada en estos autos sobre la base de la causal de expiración prevista en el numeral 3º del artículo 1950 del Código Civil, no encuentra debido sustento allí donde el contrato ya se declaró terminado conforme a la ley 19.281.         Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de veintiséis de agosto del año dos mil diecinueve, dictada por el Primer Juzgado Civil de San Miguel en causa rol C-7939-2018.          Regístrese y devuélvase.         N° 1797-2019- Civil.-  Pronunciada por la Quinta Sala de esta Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las Ministras señora María Teresa Letelier Ramírez, señora Adriana Sottovia Giménez y señora María Alejandra Pizarro Soto.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiocho de enero de dos mil veinte.         Vistos y teniendo especialmente presente:         1º) Que no es discutido en la especie que el contrato de arrendamiento que sirve de base a la pretensión del actor fue celebrado al amparo de lo normado en la ley 19.281, cuyo término se declaró por sentencia arbitral de 29 de agosto de 2014, que se encuentra firme;         2º) Por consiguien

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