SIN INFORMACION

ASOCIACIÓN GREMIAL DE BUSES/I. MUNICIPALIDAD DE TALCA

Rol

Fecha

28 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

Visto y considerando. Primero: Que se presenta Jorge Cousins Soto, abogado en representación de la parte demandante en autos sobre nulidad de derecho público, caratulados “Nueva Talmocur con Municipalidad de Talca”, Rol C-3479-2019 y deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 14 de noviembre de 2019, por el juez titular del Primer Juzgado de Letras de Talca, por el cual concedió en el sólo efecto devolutivo el recurso de apelación subsidiario deducido por la parte demandada, en contra de la resolución de 12 de noviembre de 2019. Indica que en el escrito de apelación la parte demandada sólo se limitó a pedir que se revoque la resolución recurrida, pero al solicitar la resolución de reemplazo nada dice en cuanto a sus pretensiones concretas, no dejando claro lo pedido entregándoselo al derecho, lo cual puede ser considerado como válido, es peligroso de aceptar, por la facilidad con que se atropellarían los principios básicos como la seguridad y certeza jurídica. Por lo tanto, no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, en orden a que el recurso de apelación debe contener las peticiones concretas que se formulan. Añade que la demandada no expresó pretensión concreta en cuanto a la resolución que pretendía entregándosela a lo que el derecho dispusiera, siendo ello contrario a la norma citada en el párrafo anterior. Ello es de suma importancia pues las peticiones concretas establecen la competencia que tiene la Corte de Apelaciones para resolver la apelación. Hace presente que, conforme a lo dispuesto en el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil, presentó reposición en contra de la resolución respecto de la cual se deduce este recurso de hecho. Solicita que se deje sin efecto aquella parte de la resolución dictada en el folio 22 de la medida precautoria en que concedió la apelación por carecer de peticiones concretas y, en su lugar resuelva, “no ha lugar a la apelación por no cumplir los

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en los artículos 187, 188, 203, 204 y 205 del Código de Procedimiento Civil SE OMITE PRONUNCIAMIENTO respecto del recurso de hecho interpuesto por Jorge Cousins Soto, en representación de la parte demandante en contra de la resolución dictada el 14 de noviembre de 2019 que concedió en el sólo efecto devolutivo el recurso de apelación subsidiario deducido por la parte demandada, respecto de la resolución de 12 de noviembre de 2019 dictada en los autos Rol C-3479-2019 del Primer Juzgado de Letras de Talca. Lo anterior, sin perjuicio de lo que se resuelva en la vista de la causa. Remítase copia de la presente resolución al Primer Juzgado de Letras de Talca e incorpórese copia de la presente resolución en los autos Rol 2123-2019/Civil. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol 2055-2019/Civil-Hecho.

Texto Completo (Preview)

Talca, veintiocho de enero de dos mil veinte. Visto y considerando. Primero: Que se presenta Jorge Cousins Soto, abogado en representación de la parte demandante en autos sobre nulidad de derecho público, caratulados “Nueva Talmocur con Municipalidad de Talca”, Rol C-3479-2019 y deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 14 de noviembre de 2019, por el juez titular del Primer

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