SIN INFORMACION

VOISIN/SERVICIO NACIONAL DE MENORES

Rol

Fecha

28 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece JUAN CARLOS VOISIN SARAVIA, cédula de identidad N° 13.315.073-0, empleado, divorciado, con domiciliado en calle Barros Arana numero 132 segundo piso interponiendo un recurso de protección en contra del HOSPITAL DR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA Rut: 61.602.232-2, con domicilio en calle Manuel Montt 115 Temuco, representado legalmente por don HEBER RONALD RICKENBERG TORREJÓN, de quien ignora profesión, RUT: 10.077.046-6, del mismo domicilio, o en contra de quien haga sus veces; en contra del SERVICIO NACIONAL DE MENORES Rut: 61.008.000-6, con domicilio en calle Miraflores 945 Temuco, representado legalmente por la Sra. SUSANA TONDA MITRI, de quien ignora profesión, Rut: 5.500.244-4, mismo domicilio, o en contra de quien haga sus veces y en contra del SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION, Rut: 61.002.000-3, con domicilio en calle Claro Solar 875 primer piso, representado legalmente por don JORGE ALVAREZ VASQUEZ de quien ignora profesión, Rut 9.603.153-K, del mismo domicilio, o en contra de quien haga sus veces, a fin de cautelar el legítimo ejercicio de los derechos constitucionales establecidos en la Constitución Política de la República de Chile, en el artículo 19 números 2º, la igualdad ante la ley y en el artículo 19° Nº 4°, el respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia, y asimismo, la protección de sus datos personales y finalmente, el articulo 19 número 14° que garantiza el derecho de presentar peticiones a la autoridad, de cuyos legítimos ejercicios se amenaza, priva y perturba a su persona. Señala que el 06 de mayo del año en curso concurrió personalmente en primer lugar ante el Servicio Social del Hospital Hernán Henríquez Aravena, a fin de solicitar información sobre su madre biológica debido a que con fecha de 12 de Septiembre de 1974 a solo días de haber nacido, fue entregado al cuidado de sus padres biológicos doña Berta Saravia Navarrete y de don Juan Voisin Santander, ambos actualmente fallecidos y

Fundamentos

motivos por los cuales se ha visto privado, perturbado o amenazado en sus derechos. Estima que no hay arbitrariedad e ilegalidad por lo que pide el rechazo del recurso, con condena en costas. Estando la causa en estado se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el libre ejercicio de las garantías y derechos preexistentes, que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal, que impida, amague o perturbe ese ejercicio. SEGUNDO: Que el recurrente ha señalado como vulneradas las garantías constitucionales de igualdad ante la ley, el respeto y protección a la vida do privada y a la honra de la persona y su familia y el derecho de petición, por cuanto tanto el Hospital Regional de Temuco Dr. Hernán Henríquez Aravena, el Servicio de Registro Civil e Identificación y el Servicio Nacional de Menores, se han negado a proporcionarle información acerca de la identidad de sus padres biológicos. TERCERO: Que el Hospital Regional de Temuco Dr. Hernán Henríquez Aravena y el Servicio Nacional de Menores al evacuar los informes requeridos respecto de la acción cautelar deducida han señalado que no existe registro o constancia que el recurrente Juan Carlos Voisin Saravia haya concurrido ante tales Servicios solicitando antecedentes sobre la identidad de sus padres biológicos, no obstante lo cual la entidad hospitalaria indica que no posee ningún registro sobre los padres biológicos y/o orígenes del recurrente, ya que conforme a la normativa vigente a la época de la adopción disponía la destrucción de todo antecedente del adoptado, indicando que solo en el Servicio de Registro Civil e Identificación quedan copia de los antecedentes para esclarecer la identidad de sus padres biológicos. El Servicio Nacional de Menores sugiere que el recurrido se acoja al programa Búsqueda de Orígenes, que permite ubicar padres y parientes Por su parte, el Servicio de Registro Civil e Identificación afirma que la Unidad de Adopción del Subdepartamento de Registro Civil informa que la revisión de la inscripción de nacimiento Nº 99 de la circunscripción de Temuco que corresponde al recurrente indica que su calidad filiativa es adoptiva, la cual fue tramitada y concedida por el Juzgado de Menores de Temuco en la causa Rol Nº 4183, por lo que estima necesario consultar dicho expediente para conocer el nombre de los padres biológicos del recurrente. CUARTO: Que resulta indispensable para el sustento de la acción cautelar de protección, la existencia de un acto u omisión ilegal, esto es, -contrario a la ley- o arbitrario- producto del mero capricho de quien incurre en él- y que provoque la afectación o perturbación de una o más de las garantías

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el deducido por Juan Carlos Voisier Saravia en contra del HOSPITAL DR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA; del SERVICIO NACIONAL DE MENORES y en contra del SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. Redacción del Ministro (S) Sr. Federico Gutiérrez Salazar. Rol N° Protección-3211-2019 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintiocho de enero de dos mil veinte. VISTOS: Comparece JUAN CARLOS VOISIN SARAVIA, cédula de identidad N° 13.315.073-0, empleado, divorciado, con domiciliado en calle Barros Arana numero 132 segundo piso interponiendo un recurso de protección en contra del HOSPITAL DR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA Rut: 61.602.232-2, con domicilio en calle Manuel Montt 115 Temuco, representado l

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