SIN INFORMACION

CÁRCAMO/MALDONADO

Rol

Fecha

28 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que recurre de protección Francisco Cárcamo Chávez contra Carolina Maldonado Soto, por estimar que aquella ha incurrido en una actuación que califica como ilegal o arbitraria consistente en denunciarlo ante la Policía de Investigaciones por el presunto delito de violación. Pide se le condene a indemnizarle los perjuicios sufridos a título de daño moral y que se le obligue a darle disculpas públicas. 2°) Que el recurso de protección consagrado en la Constitución Política de la República, dice relación con la afectación de garantías constitucionales específicas de cuyo ejercicio legítimo por actos u omisiones contrarias a ley o por mero arbitrio de persona o autoridad determinada, el titular se ha visto amenazado, perturbado o privado, a fin de disponer las medidas de protección o de restablecimiento del derecho conducentes a poner término inmediato a la vulneración de derechos. 3°) Que en la especie, no se mencionan hechos que puedan constituir vulneración actual en el ejercicio legítimo de garantías constitucionales amparadas por esta vía, sino por el contrario, la conducta denunciada constituye en sí el ejercicio del derecho de denunciar los hechos que se estimen eventualmente constitutivos de delito a la autoridad correspondiente y coartar su ejercicio aun por la vía de una acción de protección resulta contrario a derecho. A mayor abundamiento, es la conducta de la recurrida la que ha sometido la controversia sobre los hechos al imperio de la jurisdicción y por ende, del derecho cristalizado en la tramitación de un proceso previo legalmente tramitado, aun cuando éste se encuentre en una etapa desformalizada, ya que ello no es óbice para que comparezca el imputado ante el juez de garantía a fin que aquel ejerza sus facultades de control o las que el recurrente estime pertinentes. 4°) Que, en último término, no es posible determinar medida de protección o restablecimiento del derecho alguna, toda vez que se ha deducido una preten

Fallo

Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en el numeral 2º del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Protección se declara inadmisible el interpuesto por el abogado Alberto Ebensperger Fernández De Cabo a favor de Francisco Alberto Cárcamo Chávez, sin perjuicio del ejercicio de los derechos que estime asistirle. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 177-2020

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintiocho de enero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: 1°) Que recurre de protección Francisco Cárcamo Chávez contra Carolina Maldonado Soto, por estimar que aquella ha incurrido en una actuación que califica como ilegal o arbitraria consistente en denunciarlo ante la Policía de Investigaciones por el presunto delito de violación. Pide se le condene a indemnizarle los p

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