15º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ÁLVAREZ/CANTILLANA

Rol

Fecha

10 de febrero de 2020

Materia

ARRENDAMIENTO, INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que según lo dispuesto en el numeral 9° del artículo 8° de la Ley N°18.101, "sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación", naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandada con fecha siete de enero pasado, en contra de la resolución dictada con fecha treinta y uno de diciembre de dos mil diecinueve. Devuélvase. N°Civil-976-2020./gvs/

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandada con fecha siete de enero pasado, en contra de la resolución dictada con fecha treinta y uno de diciembre de dos mil diecinueve. Devuélvase. N°Civil-976-2020./gvs/

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diez de febrero de dos mil veinte. Al folio 3: estése a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que según lo dispuesto en el numeral 9° del artículo 8° de la Ley N°18.101, "sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación", naturaleza jurídica que no reviste la pro

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