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Rol
Fecha
29 de enero de 2020
Materia
CONFESIÓN DE DEUDA, CITACIÓN
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, naturaleza jurídica que, en la especie, no se cumple, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha tres de diciembre de dos mil diecinueve, en contra de la resolución de veintinueve de noviembre del mismo año. Devuélvase vía interconexión. N°Civil-16700-2019.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha tres de diciembre de dos mil diecinueve, en contra de la resolución de veintinueve de noviembre del mismo año. Devuélvase vía interconexión. N°Civil-16700-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, veintinueve de enero de dos mil veinte. (dia) A los folios 3 y 4: estése a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juic
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