1º JUZGADO CIVIL DE CHILLAN

BANCO SANTANDER - CHILE/INVERSIONES SAN SEBASTIAN SA

Rol

Fecha

27 de enero de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes que constan en carpeta y lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de 18 de diciembre de dos mil diecinueve, solo en cuanto se elimina de la cláusula quinta aquella parte que indica “En el evento de que el ejecutante, tuviere otro u otros juicios entablados en contra del mismo demandado y/o del deudor de los créditos que se cobran en estos autos, podrá, por vía de compensación, pagarse de dichos créditos, hasta por el monto demandado, más los intereses y costas determinados en el proceso, con cargo al producto del remate de la propiedad raíz a efectuarse en este proceso, siempre que el monto de éste sea superior a lo adeudado, de conformidad al mérito de autos. Para ello se deberá traer, oportunamente, a la vista la o las causas en que incida la compensación señalada”, porque va más allá de los montos objeto del presente juicio, manteniéndose en lo demás vigente dicha cláusula. En su oportunidad, devuélvase. R.I.C.: 6 – 2020 Civil.-

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C.A. Chillán. - /Cpr. - Chillán, veintisiete de enero de dos mil veinte. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes que constan en carpeta y lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de 18 de diciembre de dos mil diecinueve, solo en cuanto se elimina de la cláusula quinta aquella parte que indica “En el evento de que el ejecutan

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