LÓPEZ/FONTAINE
Rol
Fecha
27 de enero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: PRIMERO: Comparece, Nicolás Muñoz Fernández, abogado en representación de Marjorie Ester López Alonso, ambos con domicilio en paseo Huérfanos N° 1055, oficina N° 612, Santiago, quien interpone recurso de protección en contra del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, representada legalmente por el Ministro de la cartera don Juan Andrés Fontaine Talavera, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O´higgins N° 1449, Santiago Downtown, torre II, piso 10,11 y 12, Santiago, por haber incurrido en un acto ilegal y arbitrario consistente en la omisión de disponer de un mecanismo para corregir errores incurridos por un ministro de fe, afectando sus garantías constitucionales de los números 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, y solicita que se reestablezca el imperio del derecho, se declare como ilegal y arbitrario el hecho de que la recurrida no disponga de un mecanismo para subsanar errores de los ministros de fe; el hecho de no cursar las reclamaciones en cuanto a la validez de las actuaciones que se realizan en el registro de forma manifiestamente irregular; ordenando, por tanto, que el ministerio deje sin efecto la modificación social de 24 de julio de 2019, por no cumplir con los requisitos legales para ser cursada y que se emita un certificado público en el registro de la empresa que dé cuenta del error cometido, condenando a la contraria en costas. Funda su recurso indicando que el 17 de enero del año 2017, la recurrente junto a la señora Mónica Fabiola López Alonso, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social correspondía a “Constructora y Servicios Integrales Proserv limitada”, la que fue constituida al alero de la Ley N° 20.659; por lo que el acto constitutivo fue realizado en línea en el registro de Empresas y sociedades que lleva la Subsecretaria de Economía y Empresas de menor tamaño, mejor conocida como “empresa en un día”, otorgándole el sistema el RUT N° 76.694.441-8. Señala q
Fallo
por tanto, que el ministerio deje sin efecto la modificación social de 24 de julio de 2019, por no cumplir con los requisitos legales para ser cursada y que se emita un certificado público en el registro de la empresa que dé cuenta del error cometido, condenando a la contraria en costas. Funda su recurso indicando que el 17 de enero del año 2017, la recurrente junto a la señora Mónica Fabiola López Alonso, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social correspondía a “Constructora y Servicios Integrales Proserv limitada”, la que fue constituida al alero de la Ley N° 20.659; por lo que el acto constitutivo fue realizado en línea en el registro de Empresas y sociedades que lleva la Subsecretaria de Economía y Empresas de menor tamaño, mejor conocida como “empresa en un día”, otorgándole el sistema el RUT N° 76.694.441-8. Señala que por diferencias entre ambas socias, en el mes de julio de 2019, analizan los pasos y estrategias jurídicas a seguir, con el fin de resguardar de sus intereses, momento en el cual toman conocimiento que el día 24 de julio de 2019 se realizó una modificación a su sociedad, la que fue firmada electrónicamente por la Notario Público Olimpia Schneider; la que implicó la salida de su socia anterior y el ingreso de un nuevo socio, don Cristian Alberto Espinoza Contreras, quien quedó en la calidad de administrador de la misma, y que en el sistema aparecía que aquella también habría firmado tal modificación, lo que no es efectivo.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de enero de dos mil veinte. A los folios 20 y 21: A todo, téngase presente. Vistos: PRIMERO: Comparece, Nicolás Muñoz Fernández, abogado en representación de Marjorie Ester López Alonso, ambos con domicilio en paseo Huérfanos N° 1055, oficina N° 612, Santiago, quien interpone recurso de protección en contra del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, rep
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