28º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO SANTANDER-CHILE/CERVANTES

Rol

Fecha

10 de febrero de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Al folio N° 4: Estese a lo que se resolverá Que, conforme lo dispone el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil, las tercerías de prelación se tramitaran como incidentes; asimismo, el artículo 90 del mismo cuerpo legal establece que las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha quince de noviembre de dos mi diecinueve, en contra de la resolución de doce de noviembre de dos mil diecinueve. Regístrese y devuélvase. N°Civil-16246-2019./gvs/

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha quince de noviembre de dos mi diecinueve, en contra de la resolución de doce de noviembre de dos mil diecinueve. Regístrese y devuélvase. N°Civil-16246-2019./gvs/

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diez de febrero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Al folio N° 4: Estese a lo que se resolverá Que, conforme lo dispone el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil, las tercerías de prelación se tramitaran como incidentes; asimismo, el artículo 90 del mismo cuerpo legal establece que las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incide

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