VALDÉS/CORPORACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PODER JUDICIAL
Rol
Fecha
24 de enero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece SARA LILIAN CASTRO CID, abogada, C.I. N° 16.348.288-6, con domicilio en calle Arturo Prat N° 93, oficina 201, de la ciudad de Nueva Imperial; IVÁN PATRICIO GÁLVEZ TOBAR, abogado, C.I. Nº 11.366.100-3, con domicilio en calle Caupolicán N° 520, de la ciudad de Angol; CARLOS ISAAC GUTIÉRREZ LIRA, abogado, C.I. Nº 7.125.923-4, con domicilio en calle Bulnes N° 699, oficina 309 – 310, de la ciudad de Temuco; HÉCTOR CÉSAR ELGUETA MEDEL, abogado, C.I. Nº 11.171.330-8, con domicilio en calle Estado Nº 171, Oficina 25, de Rancagua; MARÍA TERESA CATALÁN DÍAZ, abogada, C. I. Nº 13.077.791-0, con domicilio en calle Merced N° 838, oficina 117, de la ciudad de Santiago; ALEJANDRO ADÁN SANHUEZA BELMAR, abogado, C.I. Nº 8.457.814-2, con domicilio en avenida Eliodoro Yáñez N° 1984, Oficina 404, comuna de Providencia; IVER ANDRÉS QUIÑONES SOTO, abogado, C.I. Nº 10.960.194-2, con domicilio en calle Colo Colo N° 696, oficina 201, de la ciudad de Los Ángeles; MARLYNS BLANCH FUENTES BELTRÁN, abogada, C.I. Nº 13.909.905-2; con domicilio en Avenida Dorsal N° 1150 Departamento 302, de la comuna de Recoleta; RICARDO SEGUNDO GONZÁLEZ BENAVIDES, abogado, C.I. Nº 7.691.471-0, con domicilio en calle Santo Domingo N° 1160, Oficina 705, de la comuna de Santiago; FRANKLIN LAUTARO FERNÁNDEZ HERRERA, abogado, C.I. Nº 4.543.491-5, con domicilio en calle San Isidro N° 345, departamento 302, comuna de Santiago; MARCO ANTONIO VIVAR MORALES, abogado, C.I. Nº 10.271.091-6, con domicilio en calle General Mackenna N° 265, oficina 302, de la ciudad de Temuco; ÁLVARO DANILO ARAVENA CHANDÍA, abogado, C.I. Nº 15.491.336-K, con domicilio en calle Carrera N° 553, de la ciudad de Chillán; ANA ANDREA CARVAJAL MARIPÁN, abogada, C.I. Nº 16.772.564-3, con domicilio en calle Baquedano N° 664, oficina 21, de la ciudad de Arica; MARIO ERNESTO CONTRERAS QUEVEDO, abogado, C.I. Nº 7.986.525-7, con domicilio en Calle Emilia Téllez N° 4720, de la comuna de Ñuñoa; LUIS MAURICIO
Fundamentos
motivos plausibles para litigar, solo en cuanto, se ordena, que a la mayor brevedad, la recurrida CAPJ, deberá implementar las medidas informáticas correspondientes que permitan la accesibilidad para las personas con discapacidad visual, al menos a aquellas que estas tenían, hasta antes del día 2 de agosto de 2019. Del cumplimiento de lo ordenado, de las medidas aplicadas, y de los avances respectivos, la recurrida deberá dar cuenta a esta Corte, cada 15 días, hasta el satisfactorio acceso de los recurrentes a la Oficina Judicial. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción del Ministro (S) Sr. Andrade. Rol Protección: 74.793-2019. Pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministro señora Dobra Lusic Nadal e integrada, además, por el ministro (S) señor Rafael Andrade Díaz y el abogado integrante señor Cristian Lepín Molina.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece SARA LILIAN CASTRO CID, abogada, C.I. N° 16.348.288-6, con domicilio en calle Arturo Prat N° 93, oficina 201, de la ciudad de Nueva Imperial; IVÁN PATRICIO GÁLVEZ TOBAR, abogado, C.I. Nº 11.366.100-3, con domicilio en calle Caupolicán N° 520, de la ciudad de Angol; CARLOS ISAAC GUTIÉRREZ LIRA, ab
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica