PÉREZ/VILLANUEVA
Rol
Fecha
24 de enero de 2020
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Se elimina en el
Fundamentos
considerando cuarto, párrafo segundo el monto “2.000.000” y de la parte resolutiva el monto de “$3.817.324”. Y TENIENDO ADEMÁS EN CONSIDERACIÓN: Primero: Que de los medios de prueba aportados en la causa y las alegaciones efectuadas en estrados, se acreditó la existencia de la relación contractual, en especial de la propia absolución de posiciones del demandado en que consta la recepción del vehículo, unido a la documental en que se verificó la compra de repuestos por parte del actor, señaladas en el considerando segundo letra a), que suman el total de un millón ochocientos diecisiete mil trescientos veinticuatro pesos, por concepto de daño emergente. Segundo: Que con respecto al concepto de lucro cesante, sin perjuicio de estimar su procedencia, de la documental acompañada, se desprende que el tiempo que medió entre la entrega del vehículo al demandado en mayo de 2017 hasta la compra del último repuesto por parte del actor el 7 de marzo de 2018, aparece que el tiempo de inutilización parcial del vehículo fue de aproximadamente 10 meses, por lo que determinándose prudencialmente un perjuicio mensual por concepto de lucro cesante a la suma de cien mil pesos, el total por tal concepto, consistirá en la suma de un millón de pesos como se dirá en lo resolutivo. Tercero: Que habiendo la parte demandada tenido motivo plausible para litigar en ambas instancias, se le eximirá de las costas. Y de acuerdo a lo contemplado en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la sentencia definitiva de once de octubre de dos mil diecinueve, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Valdivia, con declaración que se fija la suma de un millón de pesos por concepto de lucro cesante. Que no se condena en costas en primera y segunda instancia, por haber el demandado tenido motivo plausible para litigar. Regístrese y devuélvase. N°Civil-996-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veinticuatro de enero de dos mil veinte. VISTOS: Se elimina en el considerando cuarto, párrafo segundo el monto “2.000.000” y de la parte resolutiva el monto de “$3.817.324”. Y TENIENDO ADEMÁS EN CONSIDERACIÓN: Primero: Que de los medios de prueba aportados en la causa y las alegaciones efectuadas en estrados, se acreditó la existencia de la relación contractual, en espe
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