COMUNIDAD EDIFICIO 1 K LAS CONDES (TORRE A)/INMOBILIARIA ARMAS CERRO COLORADO II SPA
Rol
Fecha
10 de febrero de 2020
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio por la parte demandada el cinco de diciembre de dos mil diecinueve, contra lo pertinente de la resolución de veintinueve de noviembre del mismo año. Comuníquese. N°Civil-16188-2019./gvs/
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio por la parte demandada el cinco de diciembre de dos mil diecinueve, contra lo pertinente de la resolución de veintinueve de noviembre del mismo año. Comuníquese. N°Civil-16188-2019./gvs/
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, diez de febrero de dos mil veinte. Al folio N°3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede se
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