SIN INFORMACION

FRANCISCA WILSON CORTE CON CONSEJO DE RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES CHILENAS

Rol

Fecha

24 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: A lo principal: Que del tenor del recurso deducido por doña Francisca Wilson Corte y su petición, se desprende que éste excede las materias que deben ser conocidas por la presente acción constitucional, toda vez que la decisión tomada por el Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas que se impugna por esta vía, fue adoptada con motivo de los hechos de público conocimiento que afectaron diversas sedes de rendición de la Prueba de Selección Universitaria a nivel nacional, a lo que cabe agregar que el eventual ilícito por la filtración de los contenidos de la prueba específica de Historia y Geografía se encuentra en conocimiento del Ministerio Público. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el Nº 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto. Al segundo otrosí: A sus antecedentes únicamente el documento signado bajo el número 1. Al tercer otrosí: Téngase presente únicamente respecto de Juan Arévalo Ayala y Axl Milla Mosquera. Protección N° 605- 2020.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el Nº 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto. Al segundo otrosí: A sus antecedentes únicamente el documento signado bajo el número 1. Al tercer otrosí: Téngase presente únicamente respecto de Juan Arévalo Ayala y Axl Milla Mosquera. Protección N° 605- 2020.

Texto Completo (Preview)

CH- Mjc En Santiago, a veinticuatro de enero de dos mil veinte. Vistos: A lo principal: Que del tenor del recurso deducido por doña Francisca Wilson Corte y su petición, se desprende que éste excede las materias que deben ser conocidas por la presente acción constitucional, toda vez que la decisión tomada por el Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas que se impugna por esta vía, fue ado

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