MP. C/ JOSÉ LUIS SOTO FIGUEROA.
Rol
Fecha
24 de enero de 2020
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la presente audiencia, esta Corte comparte lo decidido por el Tribunal a quo; y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículo 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de cuatro de enero del año en curso, dictada en los autos RIT O-88-2020 por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado José Luis Soto Figueroa por peligro de fuga. Se previene que la Ministra (s) señora Nelly Villegas Becerra, fue del parecer de disponer la misma medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado José Luis Soto Figueroa, estimando que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad del delito por el cual ha sido formalizado, su forma de comisión y la sanción legal probable. Devuélvase vía interconexión. N° 184-2020 – PENAL.
Texto Completo (Preview)
Fecha: veinticuatro de enero de dos mil veinte. Sala: Cuarta. Rol Corte: 184-2020. Ruc: 2000012409-6. Rit: 88-2020. Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto. Integrantes: Ministros Sra. Sylvia Pizarro Barahona, Sra. Nelly Villegas Becerra y Abogado Integrante Sr. José Miguel Lecaros Sánchez. Fiscal: Fabiola Lizama Díaz. Defensor: César Contreras. N° registro de Audiencia: 2000012409-6-91.
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