7º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

MINISTERIO PUBLICO C/ PAULINA ANGELICA VILCHES VILLACURA

Rol

Fecha

24 de enero de 2020

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: En la causa RIT O-302-2019 del Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, por sentencia definitiva de veinticinco de noviembre último, se condenó a Cristián Samuel Durán López a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, accesorias legales correspondientes, sin costas, como autor del delito de robo con intimidación, ocurrido el 20 de noviembre de 2018, en la comuna de Macul, con cumplimiento efectivo. Contra esta sentencia, el defensor penal público Rolando Vio González, en representación del aludido sentenciado, interpuso recurso de nulidad, procediéndose a la vista el día 7 de enero último, oportunidad en que alegaron el defensor y la fiscal. Concluida la vista, se fijó la audiencia del día de hoy para la comunicación de la sentencia.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que la defensa invoca como única causal la del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, indicando que se ha aplicado erróneamente en la sentencia el artículo 12 N° 15 del Código Penal, toda vez que en el fundamento vigésimo segundo se acogió la mentada agravante, por cuanto la pena a considerar por las condenas anteriores es la que la ley asigna al delito, que está dada por la penalidad en abstracto de los delitos anteriores, unido a que no es efectivo que la pena del robo con fuerza no sea igual o mayor que la del robo con intimidación, ya que el grado inferior de este último ilícito es igual que la pena del otro delito. Luego de reproducir el voto disidente, aplicando la pena en abstracto de los delitos sancionados anteriormente, señala que no era procedente acoger la agravante por cuanto la sanción asignada al robo con fuerza en lugar habitado consta de un solo grado, esto es presidio mayor en su grado mínimo; en cambio, la que corresponde al delito de robo con intimidación consta de tres grados, presidio mayor en sus grados mínimo a máximo, con lo cual este último delito tiene asignada una penalidad mayor que el anterior. Equiparar las penas en el tramo inferior, para dar aplicación a la mentada agravante, como lo hace el Tribunal Oral en el fundamento vigésimo segundo, no se condice con la pena que corresponde imponer en el caso del robo con intimidación, pues esa comparación resulta incompleta, toda vez que esta última pena debe considerarse en toda su extensión. Por otra parte, si la pena del delito anterior debe ser considerada en concreto -como razona el voto disidente- tampoco pudo el Tribunal tener por configurada la modificatoria, pues las condenas anteriores fueron de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, esto es inferiores a la que en principio correspondía aplicar en este caso, que comenzaba en cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo. Por lo tanto, ya sea que la pena del delito anterior se considere en abstracto o en concreto, se ha infringido el artículo 12 N° 15 del Código Penal al imponer la pena, por lo que pide que se anule la sentencia y se dicte una de reemplazo, desestimando la agravante de “reincidencia genérica” y atendida la menor extensión del mal causado, se condene a su representado Cristian Samuel Durán López a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de robo con intimidación o que esta Corte estime conforme a derecho. Segundo: Que la causal establecida en el artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal se produce cuando la sentencia adolece de una errónea aplicación del derecho que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. La sustancialidad o relevancia que exige la causal implica que -no obstante admitirse el yerro jurídico que denuncia el recurso- los sentenciadores podrían haber llegado a la misma conclusión. En el presente caso, aun sin la agravante referida, la pena pudo ser la mism

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veinte. Vistos: En la causa RIT O-302-2019 del Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, por sentencia definitiva de veinticinco de noviembre último, se condenó a Cristián Samuel Durán López a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, accesorias legales correspondientes, sin costas, como autor del

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