DIAZ/RODRIGUEZ Y ASOCIADOS SERVICIOS FINANCIEROS
Rol
Fecha
30 de enero de 2020
Materia
LIQUIDACIÓN FORZOSA - EMPRESA DEUDORA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 20.720, el recurso de apelación procede sólo contra las resoluciones que dicha ley expresamente señala, lo que en la especie no ocurre, al no existir norma que conceda el recurso en la situación planteada. A mayor abundamiento, conforme lo dispuesto en el artículo 181 inciso, 2° del Código de Procedimiento Civil, la resolución que rechaza una reposición es inapelable. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido el diez de diciembre de dos mil diecinueve, contra la resolución de seis de diciembre del mismo año. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-990-2020.
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido el diez de diciembre de dos mil diecinueve, contra la resolución de seis de diciembre del mismo año. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-990-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, treinta de enero de dos mil veinte. (dia) Al folio N°3, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 20.720, el recurso de apelación procede sólo contra las resoluciones que dicha ley expresamente señala, lo que en la especie no ocurre, al no existir norma que conceda el
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