SIN INFORMACION

GODOY/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA

Rol

Fecha

23 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el Procurador del Número, Pedro Godoy Puch, en representación de MANUEL TUPA BLANCO, de nacionalidad boliviana, dedujo recurso de amparo en contra del Departamento de Extranjería, Migración y Seguridad Pública, dependiente del Ministerio del Interior, por mantener vigente la Resolución N°30 que revoco su permiso de residencia definitiva en Chile. Señala que el amparado es una persona de 95 años, quien ha tenido impedimento para salir de Chile, desconociendo los

Fundamentos

motivos de ese impedimento, lo que motivó la interposición del recurso de amparo Rol N° 15-2018, el cual fue acogido, dejando sin efecto un decreto de expulsión que lo afectaba. Refiere que el día 15 de diciembre de 2019, logró obtener la siguiente información: “Que, el Departamento de Extranjería, Migración y Seguridad Pública, de Santiago, el 4 de enero del año 1995, dictó la Resolución N° 30, mediante la cual se revocó la Permanencia Definitiva del amparado conminándolo a hacer abandono del territorio nacional”, lo que significaría que en el caso de salir Chile, no podría volver a ingresar, vulnerando con ello de su garantía constitucional del N° 7 letra a) del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicita que se deja sin efecto la Resolución N° 30 de 4 de enero de 1995 que se revocó la Permanencia Definitiva del amparado en Chile. SEGUNDO: Que, informando la abogada del Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior, doña María Ite Cerda, señaló, que efectivamente el amparado el 4 de mayo de 1977 se le otorgó permiso de permanencia definitiva en Chile. Dicho permiso le fue revocado a través de la Resolución Exenta N°30 de 4 de enero de 1995 del Ministerio del Interior, al registrar un proceso por infracción a la Ley N°18.403 que sancionaba el tráfico ilícito de drogas. Complementa que mediante la Resolución Exenta N°896/08 de 27 de mayo de 2008, se decretó la expulsión del territorio nacional de Tupa Blanco, por haber sido condenado en la causa Rol N°381-1994 del Segundo Juzgado del Crimen de Arica, por el delito de tráfico ilícito de drogas. Agrega que el 18 de enero de 2018, el actor interpuso un recurso de amparo, en esta Corte de Apelaciones, Rol N°15-2018, ello en contra de su medida de expulsión del territorio nacional, el que fue acogido y dejó sin efecto la citada Resolución Exenta N°896/08. Señala que según los registros de la Policía de Investigaciones de Chile, el recurrente salió del territorio nacional el 14 de marzo de 2018, esto es, luego de haber sido dejada sin efecto la medida de expulsión, y vuelve a ingresar a Chile en calidad de turista el 26 de marzo del mismo año. Complementa que el recurrente efectuó presentaciones en las cuales solicitó que le fuera restituida inmediatamente la residencia definitiva. Agrega que se le entregó una respuesta negativa a través del Oficio Ordinario N°17.622 de 8 de febrero del año en curso, en el cual se indicó que no era posible acceder a su petición, ya que constaba en los registros que Tupa Blanco había ingresado el país el día 26 de marzo de 2018, en calidad de turista, razón por la cual debía acercarse ante la autoridad migratoria, para efectos de calcular una multa que debía pagar, y una vez pagada pudiese presentar solicitud de residencia de conformidad a la legislación migratoria vigente. Arguye que la Resolución Exenta, que dispuso la revocación del permiso de residencia definitiva del recurrente fue dictada por una autoridad competente y dentro de

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas, y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, del año 1932, se declara: Que SE RECHAZA el recurso de amparo deducido por Pedro Godoy Puch, en favor de MANUEL TUPA BLANCO. Regístrese, notifíquese y archívese, si no se apelare. Rol N° 14-2020 Amparo. 3

Texto Completo (Preview)

Arica, veintitrés de enero de dos mil veinte. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el Procurador del Número, Pedro Godoy Puch, en representación de MANUEL TUPA BLANCO, de nacionalidad boliviana, dedujo recurso de amparo en contra del Departamento de Extranjería, Migración y Seguridad Pública, dependiente del Ministerio del Interior, por mantener vigente la Resolución N°30 que revoco su permis

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