NANCY EDITH CASTILLO ARAYA C/ CLAUDIO ORLANDO CORTES CORTES
Rol
Fecha
23 de enero de 2020
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, estimando estos sentenciadores que siendo la oportunidad legal para la producción de prueba la respectiva audiencia de juicio oral, momento en que la defensa tendrá la posibilidad de contrainterrogar a los testigos de cargo, es que mal puede existir una afectación de los derechos de la defensa fundada en la obligación de registro establecida en los artículos 227 y 228 del Código Procesal Penal -referidas a las actuaciones efectivamente realizadas- máxime
Fundamentos
considerando que la participación de los funcionarios policiales en las diversas diligencias constan en la carpeta investigativa, debiendo por ende ser admitidas en el auto de apertura del juicio oral, no vislumbrándose, en síntesis, infracción al conocimiento que la defensa tiene de los antecedentes que el ente persecutor hará valer en juicio oral, por lo que tampoco se estima que exista sorpresa para éste de los medios probatorios, más aun considerando que la defensa tiene herramientas propias para enfrentar a los testigos, y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 276, 277, 358 y 360 del referido texto legal, SE REVOCA la resolución recurrida de dos de enero de dos mil veinte, que excluyó la prueba ofrecida por el Ministerio Público en aquella parte que rechazó la inclusión de los testigos individualizados con los números 7, 8, 10, 11, 13 y 15 en la acusación fiscal, y en su lugar
Fallo
se decide que los referidos testigos deberán ser incluidos en el auto de apertura de juicio oral dictado por el Juzgado de Garantía de Coquimbo. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es firmada por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator don Felipe Vilches Contreras. Devuélvase vía interconexión. Rol N°20-2020.- Penal.
Texto Completo (Preview)
La Serena, veintitrés de enero de dos mil veinte. Siendo las 11:25 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Fernando Ramírez Infante, e integrada por el Ministro suplente señor Juan Carlos Espinosa Rojas y el Fiscal Judicial señor Miguel Montenegro Rossi, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por el M
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