28º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES/JULIO

Rol

Fecha

27 de enero de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha seis de diciembre de dos mil diecinueve, en contra de la resolución de tres de diciembre del mismo año. Devuélvase vía interconexión. N°Civil-37-2020.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha seis de diciembre de dos mil diecinueve, en contra de la resolución de tres de diciembre del mismo año. Devuélvase vía interconexión. N°Civil-37-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, veintisiete de enero de dos mil veinte. (dia) Póngase en conocimiento de las partes la constancia que antecede, para los efectos previstos en el artículo 125 del Código de Procedimiento Civil. Al folio 4: estése a lo que se resolverá.   Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resolucio

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