JUZGADO DE GARANTIA DE VIÑA DEL MAR

MP C/ NICOLAS CRISTOBAL CALDERA DEL RIO

Rol

Fecha

23 de enero de 2020

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, constando que todos los imputados cuentan con irreprochable conducta anterior, y

Fundamentos

considerando que otras medidas cautelares de menor intensidad indicadas en el artículo 155 del Código Procesal Penal, son suficientes para cautelar los fines del procedimiento, y de conformidad con lo prevenido en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha quince de enero de dos mil veinte dictada por el Juez Sr. Rodrigo Cortés Gutiérrez del Juzgado de Garantía de Viña del Mar, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de los imputados Nicolás Cristóbal Caldera Del Río, Ricardo Germán Quezada Arancibia y Marco Jesús Soto Gavilán, la que se deja sin efecto y, en su lugar, se les impone a todos los imputados, ya individualizados, la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno prevista en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal. Dése orden de libertad si los imputados no estuvieran privado de ella por otra causa. Sirva la presente acta como suficiente y atento oficio de remisión. Regístrese y comuníquese por la vía más expedita. RIT N° O-579-2020, Ruc N°2000056425-8 N°Penal-151-2020.

Texto Completo (Preview)

Cgv C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veintitrés de enero de dos mil veinte, se da inicio a esta audiencia a las 09:51horas, ante la Cuarta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por el Ministro Sr. Álvaro Carrasco Labra, e integrada por el Ministro Sr. Max Cancino Cancino y por la abogado integrante Sra. Sonia Maldonado Calderón, para la vista

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