JUZGADO DE GARANTIA DE VALDIVIA

MP C/ WILFRED FREDY HARDIE ROZAS

Rol

Fecha

21 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

hechos investigados respecto de Wilfred Fredy Hardie Rozas, imputado por el delito de abuso sexual de mayor de 14 años, descrito y sancionado en el artículo 366 en relación con los artículos 366 ter y 361 N° 1, todos del Código Penal. Pide, en mérito de las alegaciones y

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, como consecuencia de ello, se declare el sobreseimiento definitivo total de la causa de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal. Acto seguido, alega el Ministerio Público solicitando se confirme la resolución apelada, en virtud de las alegaciones y fundamentos de derecho que expone en la audiencia. Por último, los intervinientes hacen uso de su derecho a réplica, manteniéndose en sus planteamientos. El Sr. Presidente de la Sala da por terminada la intervención. La resolución de la Corte es la siguiente: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y estimando esta Corte que no se cumplen en la especie los presupuestos del artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal, se CONFIRMA la resolución apelada de treinta de diciembre de dos mil diecinueve. Comuníquese. Se deja constancia que a los intervinientes se les notificó la presente resolución, en la misma audiencia conforme al artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se ordenó dejar constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. N°Penal-13-2020. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 21 de enero de 2020. Sra. Marcela Robles Sanguinetti, Relatora. En Valdivia, veintiuno de enero de dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Sra. Ana María León Espejo, Secretaria Titular.

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA VEINTIUNO DE ENERO DE DOS MIL VEINTE, PARA LA VISTA- POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RUC 1900792396-4, RIT 4484-2019 DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE VALDIVIA. ROL CORTE 13-2020 PENAL. Siendo las 10:15 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia del

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