RIVAS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COLINA
Rol
Fecha
21 de enero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Primero: Comparece Yasmín Claudia Cumsille Cumsille, abogada, en representación de María Inés Rivas Tapia, dueña de casa; Miguel Fernando Rivas Tapia, empleado; Margarita del Carmen Rivas Tapia, dueña de casa; Eva del Carmen Rivas Tapia, dueña de casa; Rosa Elena Rivas Tapia, manipuladora de alimentos; José Luis Rivas Tapia, agricultor; Elba Isabel Rivas Tapia, empleada; Silvia Bernarda Rivas Tapia, dueña de casa y Silvestre Enrique Rivas Tapia, agricultor, todos domiciliados para estos efectos en Parcela 11, Lote D-2, Reina Sur, comuna de Colina, quien interpone recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Colina, representada legalmente por el Alcalde Mario Antonio Olavarría Rodríguez, ambos con domicilio en Avenida Colina N°700, comuna de Colina, por los actos ilegales y arbitrarios, que infringen las garantías referidas al derecho de propiedad y al derecho de igualdad ante la ley. Funda su recurso en que el día 14 de marzo de 2016 el Concejo Municipal autorizó al municipio la realización de todas las gestiones administrativas y judiciales que procedieren para efectos de lograr la expropiación de parte del inmueble de propiedad de la Sucesión Rivas Tapia, ubicada en Reina Sur Parcela 11, Lote D-2, Comuna de Colina y se emitió, posteriormente, el Decreto Alcaldicio N° E-1786- 2017 de fecha 14 de agosto de 2017, el cual decreta su expropiación. Refiere que, una vez notificado y publicado el decreto expropiatorio, la recurrida dio inicio a la causa Rol V-375-2017 seguida ante el Juzgado de Letras de Colina, a fin de que se les autorizara a tomar posesión material del bien expropiado, consignando los fondos existentes para ello en la instancia judicial. Sin embargo, sus recurrentes se opusieron, ya que consideraron que dicha solicitud de toma material fue incoada fuera del plazo legal, y expropiando no sólo el terreno, sino que además tres casas habitadas por 5 familias de los comuneros, emplazadas desde hace más de 30 años. Relata que fu
Fundamentos
fundamentos anteriores, más lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de protección, interpuesto por la abogada Yasmín Cumsille Cumsille, en representación de María Inés Rivas Tapia y otros contra la IIustre Municipalidad de Colina. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción del ministro Tomás Gray Gariazzo. N°Protección-181626-2019. Pronunciada por la Octava Sala de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Juan Cristóbal Mera Muñoz e integrada por el Ministro señor Tomás Gray Gariazzo y por el Abogado Integrante señor Matías Mori Arellano. No firma el Abogado Integrante señor Matías Mori Arellano, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo, por encontrarse ausente.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de enero de dos mil veinte. Vistos: Primero: Comparece Yasmín Claudia Cumsille Cumsille, abogada, en representación de María Inés Rivas Tapia, dueña de casa; Miguel Fernando Rivas Tapia, empleado; Margarita del Carmen Rivas Tapia, dueña de casa; Eva del Carmen Rivas Tapia, dueña de casa; Rosa Elena Rivas Tapia, manipuladora de alimentos; José Luis Rivas Tapia,
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