DANIELA DOMINIQUE ROSENBERG GONZALEZ C/ SEBASTIAN GUSTAVO WLADIMIR FLORES CANAS
Rol
Fecha
21 de enero de 2020
Materia
ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES.ART. 468, 467, 469, 470 (SE EXCLUYE EL Nº 1 Y Nº 3 ) 473.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
hechos materia de la investigación y la responsabilidad del imputado en ellos y considera además, que la libertad del imputado constituye igualmente un peligro para la seguridad de la sociedad, dado el número de delitos y la condena previa impuesta en su contra. Pide se revoque la resolución apelada y en su lugar se imponga la medida cautelar solicitada. Luego alega el Ministerio Publico quien señaló estar de acuerdo con lo resuelto en audiencia, sin perjuicio de dejar a criterio del tribunal dicha determinación. Luego alega la defensa, quien compartiendo los
Fundamentos
fundamentos vertidos en audiencia por Tribunal de Garantía, pide se confirme la resolución recurrida. Los abogados no hacen uso de su derecho a réplica. El Sr. Presidente de la Sala da por terminada la intervención, comunica y da lectura a la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, y estimando suficientes las medidas cautelares que se han decretado, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha quince de enero de dos mil veinte. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° 54-2020 REF. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, veintiuno de enero de dos mil veinte. Sr. Alejandro Clunes Muñoz, Relator. En Valdivia, a veintiuno de enero de dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Sra. Ana María León Espejo. Secretaria Titular.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA VEINTIUNO DE ENERO DE DOS MIL VEINTE, PARA LA VISTA- POR LA PRIMERA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR EL QUERELLANTE EN CAUSA RUC N° 1710021837-2, RIT N° 3264 - 2017, ROL CORTE N° 54-2020 REF. Siendo las 9.53 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia del Ministro y Presidente d
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