MP C/ JUAN CARLOS MUNOZ ORTEGA
Rol
Fecha
21 de enero de 2020
Materia
DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia,
Fundamentos
considerando las circunstancias personales del condenado, a las que de alguna manera se refiere el considerando décimo séptimo de la sentencia apelada en aquella parte en que no concede pena sustitutiva, aparte de citar en la parte resolutiva la Ley N° 18.216 y considerando especialmente las condenas que registra el sentenciado por los delitos de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, conducción en estado de ebriedad, en la cual ya se le otorgó la pena de reclusión parcial domiciliaria y por último, teniendo presente que actualmente mantiene una causa vigente por idéntico delito, estos sentenciadores concluyen que efectivamente el condenado no cumple con el requisito impuesto en el artículo 8 letra c), de la Ley N° 18.216, para ser beneficiario de la pena sustitutiva impetrada por la defensa, SE CONFIRMA en lo apelado, la sentencia definitiva de fecha catorce de diciembre de dos mil diecinueve que impone una pena de 61 días de presidio efectivo a CARLOS MUÑOZ ORTEGA. Regístrese y devuélvase. Rol N° Penal-1205-2019 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintiuno de enero de dos mil veinte. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, considerando las circunstancias personales del condenado, a las que de alguna manera se refiere el considerando décimo séptimo de la sentencia apelada en aquella parte en que no concede pena sustitutiva, aparte de citar en la parte resolutiva
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