SIN INFORMACION

TELEFÓNICA EMPRESAS CHILE S.A./CONSEJO NACIONAL DE TELEVISION

Rol

Fecha

20 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que interpone recurso de apelación don Claudio Monasterio Rebolledo, abogado, en representación de Telefónica Empresas Chile S.A., (en adelante Telefónica), en contra del Consejo Nacional de Televisión, (en adelante el Consejo), por la resolución que le aplicó una multa de 250 Unidades Tributarias Mensuales, por infracción al artículo 5 de las Normas Generales sobre Contenidos de las Emisiones de Televisión, por haber exhibido el 16 de abril de 2019, a partir de las 12:32 horas, la película “La hija del General”, en “horario de protección de niños”, no obstante, su calificación para mayores de 18 años, practicada por el Consejo de Calificación Cinematográfica. Sostiene que los cargos son infundados e injustos, pues el supuesto hecho infraccional que se le imputó a su representada no ha generado ninguno de los daños que se pretende evitar, dado que la película materia de la sanción no fue objeto de ninguna denuncia por parte de algún particular o usuario del servicio. Añade que la película fue previamente editada eliminándose el contenido inapropiado de las escenas violentas o con imágenes inadecuadas para ser vistas por menores de 18 años, incluyéndose en tal edición las escenas cuestionadas por el Consejo Nacional de Televisión. Afirma que su representada ha tomado todas las medidas a su alcance tendientes a impedir la exhibición de películas inapropiadas en horario para todo espectador, a saber, ha informado a sus programadores de señales con los cuales mantiene contrato la existencia y contenido de la normativa legal y reglamentaria que rige en nuestro país la difusión de contenidos en los servicios de televisión, sin perjuicio, del análisis previo del material a razón de la solicitud completa de calendarios con información de material fílmico. A su respecto, aclara que contractualmente no se encuentra facultada para intervenir, ya sea, mediante la interrupción o manipulación de los canales que difunde, de manera que si su repr

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinte de enero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que interpone recurso de apelación don Claudio Monasterio Rebolledo, abogado, en representación de Telefónica Empresas Chile S.A., (en adelante Telefónica), en contra del Consejo Nacional de Televisión, (en adelante el Consejo), por la resolución que le aplicó una multa de 250 Unidades Tributarias Mensu

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