JUZGADO DE GARANTIA DE SAN ANTONIO

M.P. C/ MOISES DAVID ALVAREZ PAUQUE

Rol

Fecha

20 de enero de 2020

Materia

VIOLACION DE MORADA. ART.144

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en estrados, se confirma la resolución apelada de tres de enero de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Garantía de San Antonio, que decretó medida cautelar de prohibición de acercamiento al inmueble, ubicado en calle Riñihue N° 2061, El Quisco, respecto de VANIA ALEJANDRA TORO ÁLVAREZ, MOISÉS DAVID ÁLVAREZ PAUQUE, CAMILA FERNANDA ABARCA DÍAZ Y CLAUDIA MONSERRAT ÁLVAREZ GUERRA. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Droppelmann, quien estuvo por dejar sin efecto la medida cautelar decretada, por no existir en esta etapa procesal, antecedentes suficientes que permitan acreditar la concurrencia de la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Comuníquese. RUC Nº 2000007745-4 N°Penal-58-2020.

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veinte de enero de dos mil veinte, se da inicio a esta audiencia a las 09:55 horas, ante la Tercera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro Sr. Raúl Mera Muñoz e integrada por los Ministros Sr. Pablo Droppelmann Cuneo y Sra. María del Rosario Lavín Valdés y actuando como Ministro de Fe la Relatora Sra. María Franci

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