SIN INFORMACION

PABLO ESTEBAN ITURRA ROCO CONTRA TRIBUNLA DE FAMILIA DE TALCA

Rol

Fecha

17 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 15 de enero del año en curso, comparece don PABLO ESTEBAN ITURRA ROCO, quien deduce acción constitucional de Amparo en contra del Tribunal de Familia de Talca, en causa RIT Z-1761-2019, señalando que los derechos protegidos por la acción de amparo son la libertad personal, que asegura el derecho de toda persona de trasladarse de un lugar a otro libremente, y la seguridad individual, que establece que si se restringe la libertad personal esto debe ser de conformidad a la Constitución y las leyes, es decir, respetando las formalidades legales y los derechos fundamentales de las personas. Estos derechos están consagrados en el artículo 19 N97 de la CPR y en la Convención Americana de Derechos Humanos artículos 7 y 22. Señala como antecedentes de hecho que, en el mes de mayo del año 2011, comenzó una relación de hecho con doña PAZ SANCHEZ MORA, cédula nacional de identidad N° 17.892.904-6, de la que nacieron dos hijos que en la actualidad tienen 7 y 8 años respectivamente, ambos de apellidos ITURRA SANCHEZ. Indica que durante el año 2011, con su conviviente mantuvieron un quiebre en la relación lo que provocó que ella lo demandara por pensión de alimentos en el Juzgado de Familia de Talca, pagando en esa oportunidad alrededor de dos cuotas mensuales, luego de ello se vuelven a juntar como pareja, comenzando nuevamente nuestra convivencia junto a los hijos en común. Durante el mes de octubre del 2019, mantuvo con su pareja doña PAZ SANCHEZ, un nuevo quiebre en la relación, originando el cese de la convivencia, por tal razón y por ese motivo comenzó nuevamente a realizar los depósitos por concepto de pensión de alimentos a sus dos hijos, en la suma de $250.000, a la cuenta de ahorro que el Tribunal determinó en esa oportunidad. Indica que el día 15 de enero del 2020, alrededor de las 06:00 horas personal de la Policía de Investigaciones de Chile, llegó hasta el domicilio de su madre, lugar donde actualmente se encuentra viviendo, con una orden de arresto de parte del Juzgado de Familia de Talca, por pensiones de alimentos sin pagar, en la cantidad de $ 9.411.500, siendo detenido y trasladado hasta Gendarmería de Chile, lugar donde debe cumplir con reclusión nocturna por 15 días. De lo anterior, considera que la orden emanada del Tribunal de familia y entregada a la PDI, carece de los fundamentos necesarios para ser emitida, en razón a que si bien fue demandado en el año 2011 por pensión de alimentos en favor de sus hijos, pagó aquellos meses que no se encontraba con ellos y le correspondía tal obligación, pago que se realizó hasta que se reanudó la vida en común con su conviviente y dos hijos, relación que en el mes de Octubre del 2019 se volvió a quebrantar, asumiendo nuevamente su obligación con sus hijos, realizó nuevamente los depósitos en la cuenta destinada para aquello y por el monto reajustado a la fecha, cumpliendo de este modo con su obligación de alimentos, pero el Tribunal no consideró que durante el ti

Fallo

Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia, se rechaza el recurso de amparo deducido por don Pablo Esteban Iturra Roco, en contra del Juzgado de Familia de Talca. Comuníquese de la forma más expedita al Tribunal de Familia de Talca. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol 9-2020 Amparo.

Texto Completo (Preview)

Talca, diecisiete de enero de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 15 de enero del año en curso, comparece don PABLO ESTEBAN ITURRA ROCO, quien deduce acción constitucional de Amparo en contra del Tribunal de Familia de Talca, en causa RIT Z-1761-2019, señalando que los derechos protegidos por la acción de amparo son la libertad personal, que asegura el derecho de toda persona

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