MARKETING Y NEGOCIOS S.A. C/ RODRIGO ANTONIO PEREZ DIAZ Y OTRO
Rol
Fecha
17 de enero de 2020
Materia
ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES.ART. 468, 467, 469, 470 (SE EXCLUYE EL Nº 1 Y Nº 3 ) 473.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que atendido el monto de lo defraudado, las circunstancias de comisión del ilícito y la sofisticación de los actos preparatorios desplegados para obtener el consentimiento de la víctima, los que no fueron discutidos por la defensa, con los cuales se configura el delito por el cual los imputados fueron formalizados, hacen estimar que la libertad de éstos constituye un peligro para la seguridad de la sociedad por la posibilidad de reiteración de actos como los descritos, por lo cual y atendido lo dispuesto en los artículos 140 y siguientes y 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revocan, en lo apelado, las resoluciones de fechas trece y quince, ambas del mes de enero del año dos mil veinte, dictadas por el Juzgado de Garantía de Graneros, en sus autos RIT 742-2019, y en su lugar se resuelve que se decreta la prisión preventiva de ambos imputados, Rodrigo Antonio Pérez Díaz y José Cristián Pereira Martínez. Lo anterior acordado con el voto en contra de Sr. Santibáñez, quien fue de opinión de imponer a los imputados la medida cautelar del artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, esto es arresto domiciliario total,
Fundamentos
considerando para ello el carácter de última ratio de la prisión preventiva, la pena asignada al delito y la posibilidad que eventualmente puedan acceder a alguna pena sustitutiva de la Ley N°18.216, atendida su irreprochable conducta anterior. Comuníquese. Rol Corte 47-2020.Penal.-
Fallo
se resuelve que se decreta la prisión preventiva de ambos imputados, Rodrigo Antonio Pérez Díaz y José Cristián Pereira Martínez. Lo anterior acordado con el voto en contra de Sr. Santibáñez, quien fue de opinión de imponer a los imputados la medida cautelar del artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, esto es arresto domiciliario total, considerando para ello el carácter de última ratio de la prisión preventiva, la pena asignada al delito y la posibilidad que eventualmente puedan acceder a alguna pena sustitutiva de la Ley N°18.216, atendida su irreprochable conducta anterior. Comuníquese. Rol Corte 47-2020.Penal.-
Texto Completo (Preview)
Rancagua, diecisiete de enero de dos mil veinte. Siendo las 10:00 horas ante la Segunda Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones integrada por el Ministro Interino Sr. Miguel A. Santibáñez Artigas, la Fiscal Judicial Sra. Marcela de Orúe Ríos y el abogado integrante Sr. Alberto Veloso Abril, se lleva a efecto la audiencia pública de los recursos de apelación deducidos por la parte querellante, en
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