FACTORING GYB LIMITADA/INDUSTRIA DE ALIMENTOS DOS EN UNO S.A.
Rol
Fecha
20 de enero de 2020
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el inciso cuarto del artículo 2° de la Ley 18.120, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de la constitución del mandato no serán susceptibles de recurso alguno, siendo esta una norma de carácter especial, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio el seis de enero del corriente, en contra de la resolución de treinta y uno de diciembre de dos mil diecinueve. Devuélvase. N°Civil-470-2020.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio el seis de enero del corriente, en contra de la resolución de treinta y uno de diciembre de dos mil diecinueve. Devuélvase. N°Civil-470-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, veinte de enero de dos mil veinte. (dia) Al folio N°3, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el inciso cuarto del artículo 2° de la Ley 18.120, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de la constitución del mandato no serán susceptibles de recurso alguno, siendo esta una norma de carácter especial, s
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