CUEVAS/COLEGIO SEMINARIO PONTIFICIO MENOR DEL ARZOBISPADO DE SANTIAGO
Rol
Fecha
16 de enero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que, comparece doña Silvia Paola Cuevas Contreras, periodista, obrando por sí y protección de su hijo Patricio López Cuevas, estudiante, menor de edad, RUN N° 21.527.499-3, ambos, domiciliados en Avenida Américo Vespucio Sur N° 107, dpto. 204, comuna de Las Condes, quien interpone recurso de protección en contra del Colegio Seminario Pontificio Menor, RUT: 70.008.770-0, representado legalmente por su rector, don Matías Carlos Ríos Dempster, ambos domiciliados en calle Padre Errázuriz N° 7001, comuna de Las Condes, denunciando que a su hijo no se le permite matricularse para el presente año académico, sin que medie causa justificada para ello, entendiendo que se lesionan las garantías de los numerales 1, 2, 4, 10 y 11 del artículo 19 de la Carta Fundamental. Para fundar su recurso expone que su hijo cursó el año 2019 octavo básico en la institución recurrida, lugar donde también estudia su otra hija, Mónica López Cuevas, informándosele que debía comparecer dentro de los primeros quince días del mes de septiembre pasado para matricular a sus hijos. Refiere que al comparecer se le impidió matricular a sus hijos, según señaló una asistente administrativa, por cuanto su hijo Patricio tendría malas calificaciones, por lo que el grupo familiar se veía afectado por esta condición. Luego de presentar reclamos formales a la dirección, se le permitió matricular únicamente a su hija, escalando la situación a nivel de Centro de Padres. Explica que si bien las calificaciones de su hijo no la dejan conforme como madre, ellas sí son suficientes para sostener que su hijo no debe ser privado de matrícula, por cuanto registra una calificación de 5,1. Añade que el Manual de Convivencia establece como sanciones la condicionalidad y la pérdida de matrícula como una de las diversas sanciones para las faltas que son calificadas como gravísimas, las que son enumeradas taxativamente en el referido Manual, dentro de las cuales no existe alguna falta que di
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, el recurso deducido en la petición principal de la presentación de fecha diez de octubre de dos mil diecinueve. Sin perjuicio de lo anteriormente decidido, la institución recurrida comunicará de inmediato por carta certificada a los padres del menor Patricio López Cuevas, su actual situación escolar, a efectos de permitirles regularizar los trámites y pagos que resulten necesarios. Regístrese y, oportunamente, archívese. N°Protección-147784-2019.
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C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de enero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que, comparece doña Silvia Paola Cuevas Contreras, periodista, obrando por sí y protección de su hijo Patricio López Cuevas, estudiante, menor de edad, RUN N° 21.527.499-3, ambos, domiciliados en Avenida Américo Vespucio Sur N° 107, dpto. 204, comuna de Las Condes, quien interpone recurso de prote
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