SIN INFORMACION

/ESPINOZA

Rol

Fecha

16 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 14 de enero del presente año comparece doña Viviana Araneda Lobos, Defensora Penal Pública, interponiendo recurso de amparo en favor de don LORENZO GUILLERMO ESPINOZA ESPINOZA, cédula nacional de identidad N.º 10.213.540-7, imputado en causa RIT 6720-2018 del Juzgado de Garantía de Curicó, en contra de don Jorge Omar Valenzuela Navarro, juez de dicho Tribunal, quien dictó resolución de 2 de enero de 2020 que resolvió despachar orden de detención en contra de su representado, al tenor del artículo 127 inciso primero del Código Procesal Penal, acto que entiende es ilegal y arbitrario. Explica que el 5 de septiembre del año 2019 se dictó sentencia en procedimiento simplificado en contra del amparado, en la cual se le condeno como autor del delito consumado de hurto simple a 61 día de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales y al pago de una multa a beneficio fiscal de dos tercios de unidad tributaria mensual. Agrega que se sustituyó la pena privativa de libertad por la de prestación de servicios en beneficio de la comunidad en Centro de Reinserción Social de Iquique. Da cuenta que el 31 de diciembre pasado el aludido Centro de Reinserción Social presentó informe dando cuenta que el señor Espinoza los días 21 y 28 de diciembre no asistió a entidad recepcionadora para cumplir jornadas de trabajo contempladas en respectivo plan de actividades. Este antecedente motivó que el recurrido, sin citar a una audiencia, despachara orden de aprehensión el 2 de enero de los corrientes, sin dar posibilidad a la defensa ni al condenado de presentar algún tipo de excusa. Da cuenta que con fecha 10 de enero de 2020 se presentó recurso de reposición en el cual se alegó que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 29 de la ley 20.066, no es posible disponer orden de detención inmediata, debiendo fijarse audiencia para que el sentenciado dé cuenta sobre las razones de su incomparecencia. Adicionalmente, se solicitó la inc

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo se declara: que SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por doña Viviana Araneda Lobos, Defensora Penal Pública, en favor de LORENZO GUILLERMO ESPINOZA ESPINOZA. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 7-2020/Amparo

Texto Completo (Preview)

Talca, dieciséis de enero de dos mil veinte. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 14 de enero del presente año comparece doña Viviana Araneda Lobos, Defensora Penal Pública, interponiendo recurso de amparo en favor de don LORENZO GUILLERMO ESPINOZA ESPINOZA, cédula nacional de identidad N.º 10.213.540-7, imputado en causa RIT 6720-2018 del Juzgado de Garantía de Curicó, en contra de

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