SIN INFORMACION

VALENZUELA GUERRERO JORGE EDUARDO/PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE SANTIAGO JUEZ TITULAR SRA. SANDRA FAUNDES FLORES

Rol

Fecha

16 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que recurre de amparo FABIANA DANIELA MUÑOZ MANZO, abogada, en representación de JORGE EDUARDO VALENZUELA GUERRERO, en contra de Juez Titular del Primer Juzgado de Familia de Santiago doña SANDRA FAUDEZ FLORES, quien ha cometido actos que han transgredido y/o amenazan la garantía constitucional prevista en el artículo 19 Nº 7 de la Constitución Política del Estado. Expone que respecto de su representado se han dictado por el tribunal medidas de apremio, consistentes en arraigo, arresto nocturno y suspensión de licencia de conducir, las cuales causan grave perjuicio al recurrente, quien no puede desempeñar su trabajo de chofer acrecentando aún más la precariedad económica. Además no se consideró que los alimentarios son mayores de edad y carecen de necedades, y finalmente indica que la liquidación que dio fundamento a las medidas no considero 4 aportes efectuados por su parte que ascenderían a $480.000. Alega que conforme lo dispuesto en el inciso final del artículo 14 de la Ley N°14.908, el tribunal puede suspender el apremio en circunstancias extraordinarias que impidieren su cumplimiento, que es precisamente lo ocurrido en autos. Solicita dejar sin efecto o suspender en su caso la medida de apremio de arresto y retención de la licencia de conducir, y ordenar lo que en derecho corresponda, citando a audiencia al efecto a objeto que el amparado pueda ejercer íntegramente todos sus derechos. SEGUNDO: Informa la juez recurrida señalando que las resoluciones de apremio se dispusieron conforme a derecho, asimismo indica que conforme las diferentes liquidaciones el amparado ha sido un incumplidor persistente y no ha solicitado la modificación de los alimentos ante el tribunal a quo, en razón de que fueron fijados en el año 2011. Señala que la liquidación que fue sustento de las medidas de apremio se encuentra ejecutoriada y por los tanto las medidas son ajustadas a derecho. TERCERO: Que el recurso de amparo, de conformidad a lo

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por FABIANA DANIELA MUÑOZ MANZO, abogada, en representación de JORGE EDUARDO VALENZUELA GUERRERO Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-84-2020. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz e integrada por el Ministro (I) señor Pedro Advis Moncada y por la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Santiago, dieciséis de enero de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de enero de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que recurre de amparo FABIANA DANIELA MUÑOZ MANZO, abogada, en representación de JORGE EDUARDO VALENZUELA GUERRERO, en contra de Juez Titular del Primer Juzgado de Familia de Santiago doña SANDRA FAUDEZ FLORES, quien ha cometido actos que han transgredido y/o amenazan la garantía constitucional p

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