QUISPE URIOL VÍCTOR ALEXANDER/ DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA -SUBDERE
Rol
Fecha
16 de enero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Javier Alejandro Deza Kuzmanic, en representación de Víctor Alexander Quispe Uriol, peruano y en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por el Ministro señor Gonzalo Blumel, por haber incurrido en el acto que califica de arbitrario consistente en expulsar del país al recurrente, afectando la garantía constitucional contemplada en el numeral 7º del artículo 19 de la Carta Fundamental, solicitando se deje sin efecto el Decreto Nº 1001. Latamente se refiere a los orígenes y familia del amparado, quien nació el 29 de septiembre de 1997 en Ancash, Perú, cuya familia mayoritariamente se encuentra residiendo en Chile, al igual que su cónyuge Selene Portilla Vigo que cuenta con permanencia definitiva desde el 15 de abril de 2011. Añade que su mandante desde el año 2018 se encuentra trabajando como conserje para el Condominio Habitacional Príncipe de Gales, encontrándose adscrito al sistema de previsión privado desde el 1 de noviembre de 2015 mediante afiliación a AFP Plan Vital S.A. Precisado lo anterior, señala que en el año 2016 el recurrente se vio involucrado en un delito de robo con intimidación, siendo condenado el 6 de febrero de 2017 por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, otorgándole la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, la que será cumplida el 17 de marzo de 2020. Sin embargo, el 23 de mayo del año pasado la recurrida dictó el Decreto de Expulsión signado con el Nº 1001, fundado en que los antecedentes familiares, laborales y sociales del actor no resultan suficientes para desvirtuar la gravedad de la conducta ejecutada por el mismo. Expresa que su representado cuenta con arraigo familiar y social como fue expuesto anteriormente, manteniendo un contrato de trabajo vigente y vive junto a su familia en un inmueble que arrienda en la comuna de Puente Alto. En cuanto a la arbitrariedad
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ambos de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Víctor Alexander Quispe Uriol, y en contra del Departamento de Extranjería y Migración. Regístrese comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-62-2020. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por el Ministro señor Alejandro Madrid Crohare, la Fiscal Judicial señora Clara Isabel Carrasco Andonie y el Abogado Integrante señor Rodrigo Rieloff Fuentes.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de enero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Javier Alejandro Deza Kuzmanic, en representación de Víctor Alexander Quispe Uriol, peruano y en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por el Ministro señor Gonzalo Blumel, por haber incurrido en el acto que califica de arbitrario consistente
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