MP C/ JOSE RODRIGO MARTINEZ ESCALONA
Rol
Fecha
16 de enero de 2020
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PUBLICOS.ART.193 194 Y 196.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y estimando esta Corte que se cumplen en la especie los presupuestos del artículo 140 del Código Procesal Penal, se CONFIRMA la resolución apelada de diez de enero de dos mil veinte, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Se deja constancia que a los intervinientes se les notificó la presente resolución, en la misma audiencia conforme al artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se ordenó dejar constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. N°Penal-40-2020. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 16 de enero de 2020. Sr. Alejandro Clunes Muñoz, Relator. En Valdivia, dieciséis de enero de dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Sra. Ana María León Espejo, Secretaria Titular.
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se ordene la libertad de su representado y/o la sustitución de la prisión preventiva por la medida cautelar de arresto domiciliario. Acto seguido, alega el Ministerio Público solicitando se confirme la resolución apelada, en virtud de las alegaciones y fundamentos de derecho que expone en la audiencia. A continuación, alegan los Querellantes respectivamente, quienes compartiendo lo expuesto por el Ministerio Público y los demás argumentos que esgrimen en audiencia, piden se rechace el recurso de recurso de apelación. Por último, solamente la Defensa, Ministerio Público y Querellante Servicio de Salud, hicieron uso de su derecho a réplica, manteniéndose en sus planteamientos. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminada la intervención, comunica y da lectura a la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y estimando esta Corte que se cumplen en la especie los presupuestos del artículo 140 del Código Procesal Penal, se CONFIRMA la resolución apelada de diez de enero de dos mil veinte, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Se deja constancia que a los intervinientes se les notificó la presente resolución, en la misma audiencia conforme al artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se ordenó dejar constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. N°Penal-40-2020. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 16 de enero de 2020. Sr. Alejandro Clunes Muñoz, Relator. En Valdivia, dieciséis de enero de dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Sra. Ana María León Espejo, Secretaria Titular.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA DIECISÉIS DE ENERO DE DOS MIL VEINTE, PARA LA VISTA- POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA DEFENSA PENAL PRIVADA EN CAUSA RUC 1900529953-8, RIT 407-2019 DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE LA UNIÓN. ROL CORTE 40-2020 PENAL. Siendo las 9:22 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asi
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