25º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE/AGUILAR

Rol

Fecha

22 de enero de 2020

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primer instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, naturaleza jurídica que, en la especie, no se cumple, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la demandada María Flor del Carmen Aguilar, de dieciséis de octubre de dos mil diecinueve (folio N° 13, cuaderno de excepciones dilatorias), en contra lo pertinente de la resolución dictada con fecha nueve de octubre del mismo año (folio N° 12, cuaderno de excepciones dilatorias). Comuníquese. N°Civil-15478-2019./gvs/

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la demandada María Flor del Carmen Aguilar, de dieciséis de octubre de dos mil diecinueve (folio N° 13, cuaderno de excepciones dilatorias), en contra lo pertinente de la resolución dictada con fecha nueve de octubre del mismo año (folio N° 12, cuaderno de excepciones dilatorias). Comuníquese. N°Civil-15478-2019./gvs/

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, veintidós de enero de dos mil veinte. Téngase por cumplido lo ordenado el veintitrés de diciembre de dos mil diecinueve. A lo pendiente de folios N° 3 y N° 4: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primer instan

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