SIN INFORMACION

/JUEZ DE GARANTÍA DE ARICA

Rol

Fecha

15 de enero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, la Defensora Penal Pública, doña María Lema Lema, dedujo recurso de amparo en favor del condenado Mario Alberto Flores Crispín, quien se encuentra privado de libertad en causa Ruc N°1600648998-6, en contra de la Jueza de Garantía de Arica, doña Carmen Calas Guerra, la cual ordenó en la audiencia del 7 de enero en curso, el ingreso en calidad de rematado del amparado debido a que se le revocó de la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna, pese a encontrarse pendiente el plazo para deducir recurso de apelación en contra de dicha resolución. Señala que la Jueza recurrida en la audiencia del día 7 de enero de 2020, revocó la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna en Gendarmería de Chile al amparado, ordenando que éste cumpla efectivamente el saldo de la pena corporal de 541 presidio menor en su grado medio, y otras tres penas de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, cada una, las cuales le fueron impuestas en la sentencia dictada el día 28 de diciembre de 2017, dando orden de ingreso en calidad de rematado, a Flores Crispín el mismo día. Indica que la resolución que revocó la pena sustitutiva no se encuentra firme y ejecutoriada, por encontrarse vigente el plazo para deducir recursos en contra de la misma. Arguye que la orden de ingreso resulta arbitraria e ilegal, por cuanto, no está firme y ejecutoria la resolución que revocó la pena sustitutiva, además el artículo 37 de la Ley N° 18.217, establece que dicha resolución es apelable de conformidad a las reglas generales, siendo aplicables los artículos 192 y 193 del Código de Procedimiento Civil. Solicita que se deje sin efecto la resolución de 7 de enero de 2020, que ordenó el ingreso en calidad de rematado del amparado, mientras no se resuelva el recurso de apelación que se interpondrá en su oportunidad, ordenando la libertad inmediata del recurrente. SEGUNDO: Que, informando la Jueza de Garantía de Arica, doña Carmen Calas Guerra, señaló que en audi

Fallo

Por estas consideraciones y normas legales citadas, además, de lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, del año 1932, se declara: Que SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por la Defensora Penal Pública, María Lema Lema, en favor del condenado Mario Alberto Flores Crispín. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 9-2020 Amparo.

Texto Completo (Preview)

Arica, quince de enero de dos mil veinte. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, la Defensora Penal Pública, doña María Lema Lema, dedujo recurso de amparo en favor del condenado Mario Alberto Flores Crispín, quien se encuentra privado de libertad en causa Ruc N°1600648998-6, en contra de la Jueza de Garantía de Arica, doña Carmen Calas Guerra, la cual ordenó en la audiencia del 7 de enero en c

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