MUÑOZ/LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
15 de enero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Comparece doña Francheka Katherine Araya Carvajal, Defensora Penal Pública Penitenciaria, deduciendo recurso de amparo en favor de José Antonio Muñoz Bastías, en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional contenida en el Oficio N°1729-2019 de fecha 15 de octubre de 2019. Evacuando informe la recurrida, solicita el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que señala el recurrente que la acción cautelar constitucional impugna la resolución de la Comisión de Libertad Condicional contenida en el Oficio 1729-2019 de fecha 15 de octubre de 2019, mediante la cual se rechaza la postulación del amparado al beneficio de la libertad condicional, ello sin ajustarse a derecho, por lo que su privación de libertad se torna arbitraria e ilegal. Expone que su representado se encuentra cumpliendo condenas impuestas en causa RIT 14733-2018, RUC 1801103038-2, y RIT 5909-2017, RUC 1700439754-1 correspondientes a 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo y 3 días por su responsabilidad en delitos de posesión tenencia o porte de arma sujeta a control y lesiones leves. Añade que según la información proporcionada por Gendarmería de Chile, registra como inicio de condena el 6 de octubre de 2017, proyectándose su cumplimiento para el 28 de septiembre de 2021, siendo su fecha de tiempo mínimo para postular a la libertad condicional el 29 de marzo de 2019. Agrega que al considerarse por Gendarmería de Chile mediante su tribunal de conducta que el amparado cumple con todos los requisitos legales y reglamentarios fijados por el D.L 321, el segundo semestre de 2019 fue postulado a la Comisión para optar al beneficio. Explica que en la sesión del 15 de octubre del año 2019 se rechazó la petición de libertad condicional, argumentándose que, “2° Que de los informes acompañados a la carpeta remitida y demás antecedentes que en ella obran, aparece que el postulante fijó su residencia en la ciudad de Antofagasta, cumple con los requisitos de tiempo mínimo y conducta, sin embargo, a juicio de esta comisión por unanimidad, no cumple con el requisito de un informe psicosocial favorable para reinsertarse adecuadamente en la sociedad, por el nivel de riesgo alto de reincidencia, sumado al compromiso delictual que presenta por su historial, escasa adherencia a las normas sociales, necesidad de lucro fácil, valoración del delito como actividad económica, policonsumo problemático, y escasa conciencia del delito y daño requisito indispensable de acuerdo con el estándar normativo exigido para otorgar la libertad condicional en razón de que ésta consiste, conforme expresa el artículo 1° del Decreto ley N.º 321, en un medio de prueba de que el condenado a una pena privativa de libertad y a quien se le concede el beneficio, demuestre avances en su proceso de reinserción social, lo que actualmente no existe”. Destaca que, de acuerdo con el informe psicosocial elaborado por Sodexo para postular al beneficio aludido, si bien, se indican una serie de factores de riesgo de reincidencia, no se especifica la manera en que la Administración Penitenciaria pretende abordarlos, reconociendo que sin perjuicio de que el amparado ingresa al Centro de Cumplimiento en octubre del año 2017, a la fecha de elaboración de informe sigue a la espera de ser convocado a nuevas actividades, participando únicamente en preparación para
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema del 19 de diciembre de 1932, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto a favor de José Antonio Muñoz Bastías, en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese y comuníquese. Rol 3-2020 (AMPARO)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a quince de enero de dos mil veinte. VISTOS: Comparece doña Francheka Katherine Araya Carvajal, Defensora Penal Pública Penitenciaria, deduciendo recurso de amparo en favor de José Antonio Muñoz Bastías, en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional contenida en el Oficio N°1729-2019 de fecha 15 de octubre de 2019. Evacuando informe la recurrida, solicita el rech
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