MP C/ GUILLERMO ALEJANDRO ALBORNOZ ROJAS
Rol
Fecha
15 de enero de 2020
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito del registro de audio, lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, compartiendo el parecer de la jueza a quo y estimando que en la especie no han variado sustancialmente los antecedentes por los cuales en su oportunidad se decretó la prisión preventiva del imputado don Guillermo Alejandro Albornoz Rojas, toda vez que la declaración jurada notarial a que alude la defensa y que fue prestada por la víctima, retractándose de sus dichos, no logra desvirtuar el cúmulo de las piezas agregadas a la carpeta investigativa, por haberse realizado con posterioridad al cierre de la indagatoria y por desconocerse sus reales motivaciones y las condiciones en que fue realizada; y con lo dispuesto en los artículos 122, 144, 145, 149, 155, 358 y 370 letra b) del referido código, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de siete de enero pasado, por la Jueza Suplente de Garantía de Copiapó, doña Daniela Pérez Vivallo, que no hizo lugar a la petición de la defensa del imputado ya referido de modificar el régimen cautelar existente a su respecto. Regístrese y comuníquese. N° Penal-15-2020. En Copiapó, a quince de enero de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Copiapó. Fecha: Copiapó, quince de enero de dos mil veinte. Sala: Única. Rol Corte N°: 15-2020. RUC: 1900695203-0. RIT: O-4255-2019. Juzgado: Juzgado de Garantía de Copiapó. Ministros: Señor Antonio Ulloa Márquez, Ministro Suplente señor Rodrigo Cid Mora y Abogado Integrante señor Óscar Iriarte Ávalos. Ministerio Público: Jorge Gamboa (confirmando). Defensor: Verardo Rojas (revocan
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