PROMOTORA C.M.R. FALABELLA CON MARCELO AGUILAR GUAQUIANTI
Rol
Fecha
14 de enero de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que del mérito de los antecedentes se desprende que el demandado ha resultado absuelto de la ejecución, por lo que corresponde imponer el pago de las costas a la parte ejecutante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 471 del Código de Procedimiento Civil. Por lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del mismo texto legal, se revoca en lo apelado, la sentencia apelada de veintiocho de octubre del año dos mil diecinueve, de los autos rol C-416-2015 del Segundo Letras de Talagante, en cuanto no condenó en costas al ejecutante y, se declara que se le impone el pago de dicha carga. Regístrese y devuélvase con su cuaderno adjunto. Rol N° 2160-2019 Civil
Fallo
Por lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del mismo texto legal, se revoca en lo apelado, la sentencia apelada de veintiocho de octubre del año dos mil diecinueve, de los autos rol C-416-2015 del Segundo Letras de Talagante, en cuanto no condenó en costas al ejecutante y, se declara que se le impone el pago de dicha carga. Regístrese y devuélvase con su cuaderno adjunto. Rol N° 2160-2019 Civil
Texto Completo (Preview)
En Santiago, a catorce de enero de dos mil veinte. Vistos: Que del mérito de los antecedentes se desprende que el demandado ha resultado absuelto de la ejecución, por lo que corresponde imponer el pago de las costas a la parte ejecutante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 471 del Código de Procedimiento Civil. Por lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del mismo
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