DAGOBERTO NAVARRO POZO Y OTRA CON BASTIAN NAVARRO ZUÑIGA
Rol
Fecha
14 de enero de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos autos, sustanciados ante la juez árbitro señora Alba Llanos Melussa, doña Viviana Navarro Severino, solicitó el término del goce gratuito del inmueble ubicado en calle Cerro Altar N° 1895, Villa Fantasía, comuna de Peñaflor de la sucesión Navarro Miguel, actualmente ocupado por don Bastián Navarro Zúñiga, fundada en su calidad de heredera de don Miguel Antonio Navarro Castro y comunera del referido inmueble. Segundo: Que para resolver lo que viene propuesto, resulta útil tener en cuenta los siguientes antecedentes de relevancia jurídica: 1.- Don Dagoberto Navarro Pozo, en su calidad de heredero de los bienes quedados al fallecimiento de don Miguel Antonio Navarro Castro, solicitó la partición de bienes. Señala se le concedió la posesión efectiva, junto a Bastián Jesús Navarro Zúñiga. 2.- Que de los documentos objetados acompañados en segunda instancia se desprende que don Bastián Jesús Navarro Zúñiga es dueño de la propiedad ubicada en Pasaje Cerro Altar número mil ochocientos noventa y cinco, que adquirió por herencia intestada quedada al fallecimiento de don Miguel Antonio Navarro Castro, conforme posesión efectiva de 24 de noviembre de 2004. Al margen de la inscripción de fojas 117, número 1295, del Registro de Propiedad correspondiente al año 2005, consta que por sentencia de 22 de julio de 2009, en causa Rol 16.325-2008, confirmada el 6 de octubre de 2009, se incluyó a don Dagoberto Enrique Navarro Pozo como heredero de don Miguel Antonio Navarro Castro; 3.- Se tuvo como parte a doña Viviana Navarro Severino, a quien por sentencia ejecutoriada del Juzgado de Familia de Peñaflor, recaída en el Rit 928- 2013, se le reconoció la calidad de hija de don Miguel Navarro Castro; 4.- El 31 de agosto de 2017, en los autos Rol N° 2666-2014, sobre acción de petición de herencia, mediante sentencia de primera instancia en el Juzgado de Letras de Peñaflor declaró que doña Viviana Navarro Severino tiene la calidad de hereder
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo establecido en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca en lo apelado, la resolución de treinta de agosto de dos mil diecinueve, escrita en lo pertinente de fojas 131 y, en su lugar se rechaza la solicitud formulada por doña Viviana Navarro Severino, al tercer otrosí de fojas 110 de estas compulsas. Regístrese y devuélvase. Rol N° 1870-2019 civil Redacción de la ministra señora Claudia Lazen M. Pronunciado por la Segunda Sala ante los ministros señor Carlos Farías Pino, señora Claudia Lazen Manzur y el ministro suplente señor Leonardo Varas Herrera.
Texto Completo (Preview)
Fojas 191 /ciento noventa y uno En Santiago, a catorce de enero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos autos, sustanciados ante la juez árbitro señora Alba Llanos Melussa, doña Viviana Navarro Severino, solicitó el término del goce gratuito del inmueble ubicado en calle Cerro Altar N° 1895, Villa Fantasía, comuna de Peñaflor de la sucesión Navarro Miguel, actualmente
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