RECURSO DE AMAPRO INT. EN FAVOR DE IVÁN ANDRÉS GUERRERO ZEGARRA CONTRA LA COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
14 de enero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha nueve de enero de dos mil veinte comparece Leslie Zapata Lizardi, abogada, defensora penal público penitenciario, por el condenado Iván Andrés Guerrero Zegarra, recluido actualmente en el Complejo Penitenciario de La Serena, interponiendo recurso de amparo, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, quien mediante resolución N° 0453-2019, de fecha 08 de octubre de 2019, rechaza otorgar el beneficio de libertad condicional a su representado, por no cumplir con el requisito contemplado en el artículo 2 N° 3 del Decreto Ley 321. Expone que Iván Guerrero Zegarra cumple actualmente las penas de 3 años y 1 día como autor de un delito de receptación, 301 días como autor de un delito de robo en lugar no habitado y tres días por concepto de multa impaga por un delito de manejo en estado de ebriedad, las cuales comenzó a cumplir el 07 de abril de 2017, proyectándose como fecha de término, considerando los 124 días de abono reconocidos por el tribunal, el 02 de octubre de 2020, cumpliendo de esta forma con el tiempo mínimo para postular a la libertad condicional el 04 de noviembre de 2018. Ahora, la Comisión de Libertad Condicional incurre en un error al denegar el beneficio de libertad condicional a su representado, pues el amparado ha demostrado importantes avances en su proceso de reinserción durante su actual reclusión. A fin de dar sustento a dicho planteamiento, se solicitó un informe psicológico el cual fue evacuado la profesional Psicóloga, doña Katherine Veliz Osorio (en adelante Psicóloga DPPP) y un informe social, evacuado por la profesional Asistente Social, doña Joselin Pasten Alfaro (en adelante Asistente Social DPPP) además de documentación pertinente, la cual viene a controvertir las conclusiones del informe de Gendarmería. En efecto, en lo concerniente a la conciencia del delito, presenta conciencia del delito efectuado. Periciado reconoce la propinación de daño efectuado. Es capaz de establecer ejercicios mentales de rechazo de acción delictual efectuada por él. En cuanto a su proceso de reinserción, interno cuenta con participación en el taller de Habilidades de Comunicación Efectiva, a fin de intervenir factor de riesgo patrón antisocial. Además, el amparado aprobó durante el mes de octubre de 2019 el taller Solución de Problemas Interpersonales, recibiendo el diploma correspondiente por su participación satisfactoria en dicho taller. En el ámbito educacional, el amparado logra nivelar sus estudios al interior del Complejo Penitenciario de La Serena, cursando y aprobando primer nivel medio (1° y 2° medio) durante el año 2018, mientras que el año 2019 cursa segundo nivel medio (3° y 4° medio) en modalidad humanístico científico en el Liceo Coresol, La Serena, aprobando el nivel, obteniendo
Fallo
por tanto su licencia de educación media. En el área laboral, se hace presente que el amparado no ha realizado actividad laboral formal al interior de la unidad penal, ello debido a que ha priorizado su nivelación educacional, en modalidad presencial en el Liceo Intrapenitenciario, culminando sus estudios medios durante el 2019, como se señaló anteriormente. En cuanto al plan vital y proyecciones del amparado en el medio libre, pretende estudiar maquinaria pesada para así desempeñar dichas faenas. En cuanto a su desenvolvimiento conductual y acatamiento de normas dentro de la Unidad Penal el amparado obtiene calificaciones de muy bueno durante los últimos cinco bimestres. Por otro lado, es importante mencionar que el amparado cuenta con una red de apoyo efectiva, que lo ha asistido durante su reclusión tanto afectiva como económicamente, la cual está compuesta por su familia de origen, principalmente por su madre, la pareja de la madre, su abuela y sus hermanos. Además, es preciso señalar que el interno mantiene una relación de pareja hace cuatro años con la Srta. Geraldyn Noemi Henott Burrws de 21 años de edad, quien estudia la carrera odontología en la universidad Pedro de Valdivia, sin dejar de señalar que la pareja goza del beneficio de visita íntima hace un año. Conforme lo expresado, es dable concluir que el amparado, cumple cabalmente con todos los requisitos para acceder a la libertad condicional, a saber, tanto aquellos objetivos que permitieron su postulación co
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Guerrero Zegarra, Iván Andrés Comisión de Libertad Condicional Recurso de amparo Rol N° 12-2020.- La Serena, catorce de enero de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha nueve de enero de dos mil veinte comparece Leslie Zapata Lizardi, abogada, defensora penal público penitenciario, por el condenado Iván Andrés Guerrero Zegarra, recluido actualmente en el Complejo Penitencia
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